Instan a los partidos a respetar paridad de género

Deben proponer en zonas de alta votación, a fin de hacerlas ganar

Autoridades electorales solicitaron que los partidos políticos postulen a las mujeres en los municipios con altos porcentajes de votación y limite que sean postuladas en los municipios en donde obtienen pocos votos. Foto: Especial
Especiales 12/03/2018 16:41 Actualizada 16:41

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Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) avalaron y ratificaron los lineamientos en materia de paridad de género que deberán observar los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes e independientes en el registro de sus candidaturas.

Con ello, confirmó el acuerdo IEEPCO-SG-76/2017 emitido por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), el cual fue impugnado por los partidos Movimiento Ciudadano (MC), Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Partido Encuentro Social (PES).

El IEEPCO introdujo, en su acuerdo, la acción afirmativa para que en las postulaciones de los partidos políticos las mujeres sean asignadas en los municipios con altos porcentajes de votación y “limite que sean postuladas en los municipios en donde los partidos obtienen pocos votos, conforme al marco constitucional y convencional de paridad de género, no discriminación y progresividad de los derechos”.

Se oponen

Los representantes de los partidos MC, PES y PRD se opusieron a este acuerdo, bajo el argumento de que el IEEPCO “excedió la facultad reglamentaria, al probar la implementación de segmentos dentro de bloques, vulnerando los principios de legalidad, reserva de ley y subordinación jerárquica, e invadieron la esfera de competencia y del derecho de auto organización de los partidos políticos”, señalaron.

Los magistrados, por su parte, resolvieron que los argumentos de los partidos eran infundados; lo anterior, porque recurren a “trampas” en las que postulan a mujeres en distritos electorales y municipios poco competitivos, que representan pocos votos o mínimos recursos públicos.

Esta acción de los institutos políticos ha impedido que se alcance la paridad en los cargos de elección popular, que se encuentra postulada en la Constitución Política del país.

Por otra parte, al analizar el expediente RA/05/2018 y sus acumulados, por mayoría, con el voto en contra del magistrado presidente Miguel Ángel Carballido Díaz, el TEEO revocó el acuerdo IEEPCO-CG-01/2018, mediante el cual se establecieron las cifras del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y gastos de campaña de los partidos políticos para el ejercicio 2018.

En otro tema por mayoría, con el voto, impuso una multa al ciudadano Dante Montaño Montero y al Partido del Trabajo (PT) una amonestación pública, tras acreditar actos de precampaña.

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