“Huachicoleo será castigado hasta con 30 años de prisión”

Senado aprueba ley para sancionar esta actividad; robo de hidrocarburos ha ido en aumento, aseguran

Nación 08/04/2018 20:30 Juan Arvizu Ciudad de México Actualizada 20:32

[email protected]

El huachicoleo será castigado hasta con 30 años de prisión y multa de hasta 25 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualizacion (UMA), de acuerdo con las reformas a la Ley Fedral para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, que entrará en vigor una vez que el jefe del Ejecutivo publique el decreto aprobado por el Congreso.

El pleno senatorial aprobó las reformas que había recibido de la Cámara de Diputados y que estimaron procedente “el aumento de punibilidad en los tipos penales en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos”.

Con los cambios se incrementan los castigos a los delitos de mayor impacto en la actividad de ordeña de ductos; también se sancionarán conductas menores, como es el caso del robo de menos de 300 litros de combustibles, en este caso, con hasta seis años de cárcel.

Se generalizó llamar “huachicolero”, al delincuente dedicado a estas actividades.

El mismo legislador tuvo que emitir una Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, pero ante el aumento sin freno de estos ilícitos, se decidió por  endurecer las penas.

Un paquete de castigos altos establecía de 15 a 25 años de prisión, que se incrementaron a la privación de la libertad de 20 a 30 años. Y las multas adicionadas que eran de 15 mil a 25 mil días de salario mínimo —valor usual en el momento de la expedición de la ley—, subieron a valores de 20 mil a 25 mil UMAS.

Merecerán esos castigos, las conductas de sustraer hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, de ductos, vehículos equipos, instalaciones o activos; así como  aprovechar estos productos en robo a asignatarios, contratistas, permisionarios o distribuidores.

También, se combate con las penas más altas, a quien compre, reciba, negocie hidrocarburos; los resguarde, transporte, almacene, distribuya o los oculte, así como a quien altere o adultere esta línea de productos o hidrocarburos.

El huachocoleo es sancionado con base en una tabla de volumen de producto robado, y las penas, en todos los casos, se incrementan: como mínimo con cuatro y hasta seis años de cárcel y multas de 4 mil a 6 mil UMAs.  Los castigos más altos en este renglón de la cadena delictiva serán de 12 a 17 años de prisión, que se derivan  del robo mayor a 2 mil litros de combustibles y con multas de 12 mil a 17 mil UMAs.

Por menos de mil litros robados, la pena es de seis a 10 años de prisión, con multas de 6  mil a 10 mil UMAs; por menos de dos mil litros robados, la pena a imponer será de 10 a 12 años de cárcel, y multas que van  de los 10 mil a  los 14  mil UMAs. 

En el caso de  más de 12 mil litros, la pena serán de 12 a 17 años de privación de la libertad y 12 mil a 17 mil UMAS, y cuando el volumen de lo robado sea incuantificable el juez tomará este nivel de castigo para dictar sentencia.

También, se castigan en la ley disponer de bienes inmuebles de la industria petrolera para la comisión de los delitos de robo de combustibles, por lo que  también se incluye el daño que pueda ser  causado a contratistas, permisioanrios, distribuidores o asignatarios.

Serán considerados como  agravantes cometer estos delitos con violencia, participación de servidores públicos, ocultar conocimiento de delitos,  vender petrolíferos sin “marcadores”, usar terrenos para instalar tomas clandestinas, alterar sistemas de medición de ductos, así como  financiar estas conductas.

Comentarios