Lo anterior, según la resolución OTP/103/2018, sobre un recurso de apelación interpuesto por la ministerio público Lorena Velásquez Orozco contra la decisión del juez de Control de no vincular a proceso a Jehú “N”, por el triple homicidio, dentro de la causa penal 336/2018.
Dudan de testigo. Otra de las inconsistencias señaladas en la resolución, fechada el 30 de mayo de 2019, es la puesta en duda de la existencia del principal testigo de la fiscalía. Se trata de un “franelero”, quien presuntamente labora esporádicamente a las afueras del Bar Jardín —donde ocurrió el crimen—, pues otros testigos niegan su presencia el día de los hechos.
“Efectivamente, no existe una persona que estuviera realizando este trabajo. Por ello, genera convicción de que no se sabe el origen del testigo que se dice presencial”, determinó el magistrado.
Además, el magistrado hizo referencia a la existencia de dos reportes de geolocalización proporcionados por el teléfono celular de Jehú “N”, uno de los imputados como autor material del asesinato y acusado del delito de homicidio calificado con ventaja.
Sobre dónde se encontraba Jehú “N” al momento del triple homicidio, en la resolución se advierte que con el reporte de la empresa DIPSA se prueba que el imputado estaba en un lugar distinto a las 02:27:13, cuatro segundos antes del momento en el que dispararon a las víctimas.
Con estas conclusiones, el magistrado Luis Enrique Cordero Aguilar determinó dejar firme la resolución del juez de Control por la que no se vinculó al imputado y señaló que hasta este momento —un año después de ocurrido el crimen— no hay una investigación clara sobre el caso.