En Oaxaca, hay muertos sin derecho a la tierra

De 2016 a la fecha la DDHPO ha documentado 4 casos en los que  se negó el permiso para sepultar a una persona

Ilustración: Eko
Estatal 04/11/2019 07:06 Fernando Miranda Actualizada 12:35

Cuando la familia de S estaba a punto de enterrar su cuerpo sin vida en el cementerio de San Sebastián Tutla, la tierra le fue negada.

Tras solicitar el permiso correspondiente a una autoridad auxiliar  y luego de la misa de cuerpo presente, Q, su madre, y sus dos hijos se dirigieron al panteón de esta comunidad zapoteca  de los Valles Centrales para realizar el sepelio, pero lo encontraron cerrado  con cadena y candados;  les impidieron el acceso.

Era el 3 de marzo de 2016 y el cielo se deshacía en lluvia.  La razón de que el panteón estuviera bajo candado y se impidiera depositar el cuerpo de S en la tierra del sepulcro previamente preparado fue que el presidente municipal, Galdino Reyes García, había decidido no autorizar el entierro, pues argumentó que no se le había consultado, que violentaba  usos y costumbres, y la comunidad no estaba de acuerdo. 

Fue entonces que la familia de S, en medio del dolor,  se enteró que al no ser originarios de San Sebastián Tutla no podían ser sepultados en el panteón municipal. Y que pese a vivir en la Ex Hacienda El Rosario, una agencia de policía de la comunidad desde hacía más de 20  años, sus muertos no tenían derecho a la tierra.

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Sin considerar su ir y venir con documentos, los ruegos, y los clamores de los vecinos para que el edil mostrara algo de humanidad, la  familia de S tuvo que regresar del panteón a su casa y esperar hasta  encontrar un lugar donde poder sepultarla. Lo lograron  el siguiente día, pero en el municipio de Santa Lucía del Camino. 

De acuerdo con la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), negar la tierra a un muerto no es algo raro en las comunidades indígenas.

El órgano tiene registrados cuatro casos, de 2016 a la fecha, de los cuales en tres se abrieron expedientes de queja y en uno más, el de S, se  abrió el expediente con folio DDHPO7646/801)OAX/2016 y se  emitió una recomendación por violaciones a los derechos de sus familiares de parte de la autoridad municipal. 

De dichos casos, uno ocurrió en 2016, uno más en 2018, y sumaban dos hasta el 13 de septiembre de este año.

Dignidad

Para Bernardo Rodríguez Alamilla, ómbudsman oaxaqueño, casos como estos, donde hay muertos  sin derecho a la tierra, ilustran uno de los temas de tensión que existen respecto a los 417 municipios indígenas de Oaxaca y su derecho a gobernarse bajo sus propios sistemas normativos. Dice que,  aunque cada caso debe ser analizado en lo  individual,   el límite  es la dignidad humana.

“Se les obstaculiza derechos a la familia. Parte de la concepción que tenemos de la muerte indica que para que alguien descanse se le tiene que enterrar, cuando esto no se te permite comienza un daño en la psique, ahí  se genera esta vulneración porque tendríamos que tener derecho a practicar nuestras expresiones religiosas, es el derecho a la cultura”.  

Pese a ello, explica que no se puede criminalizar a los pueblos originarios y en cada caso debe analizarse si verdaderamente hay antecedentes históricos, si no hay transfondos políticos o de otro tipo, o  si en realidad se pone en riesgo  la permanencia misma de la comunidad, en cuyo caso se debe iniciar un diálogo, pero sin descalificar la costumbre.

Reparación

Tras 14 meses, la DDHPO determinó en su recomendación 06/2017, que Galdino Reyes y Álvaro Vásquez, edil y síndico municipal de San Sebastián Tutla respectivamente, violentaron el derecho a la seguridad jurídica y la participación cultural de los deudos de S.

Porque, pese a que la familia acreditó los requisitos exigidos, no mostraron voluntad de permitir la inhumación. Ello violentó el derecho a recibir  servicios municipales, como el de panteones, bajo un criterio de igualdad y no discriminación.

Además, la negativa de los  funcionarios a permitir el sepelio  transgredió el derecho de sus familiares a la participación cultural, dado que les impidió celebrar sus rituales y ceremonias relativos a la muerte y vivir el proceso de duelo.

“Se obstaculiza el derecho a hacer posibles los lazos de solidaridad entre los deudos del difunto y sus allegados, es decir, se rompen vínculos de fraternidad y apoyo”, dice la recomendación.

Finalmente, la defensoría pidió que se iniciara un procedimiento administrativo de responsabilidad contra los funcionarios, se reparara el daño a la familia de S y se diera una disculpa pública, pues se atentó contra su dignidad.

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