Con respecto al Recurso de Revisión 088/2017, ordenó a la Fiscalía entregar versión pública del expediente y seguimiento a lo sucedido en ese municipio de la región Mixteca, en que se suscitó un enfrentamiento entre pobladores, integrantes de la Sección 22 del SNTE y policías federales y estatales.
Mientras que al resolver los Recursos de Revisión 125/2017 y 237/2017 correspondientes a la Secretaría de Seguridad, en el primero de ellos, el Consejo General del IAIPO consideró infundado el motivo de inconformidad del solicitante y confirmó la respuesta del Sujeto Obligado, ya que demostró haber dado atención oportuna a la solicitud de información.
En el segundo asunto, el Pleno del IAIPO ordenó a la SSPO informar datos estadísticos sobre cuantas granadas de gas lacrimógeno se utilizaron en el operativo registrado en Nochixtlán, así como cuántas armas de fuego fueron accionadas y cuántos elementos de seguridad han rendido su declaración con relación a los hechos.
Ante la negativa de ambas dependencias, que encabezan Rubén Vasconcelos Méndez y José Raymundo Tuñón, respectivamente, el solicitante de los datos tuvo que recurrir al Recurso de Revisión.