Esto puso a la entidad por debajo de Veracruz con 22 feminicidios, Estado de México con 16, Nuevo León con 11, Sonora con 11, Jalisco con nueve, Chihuahua con ocho, Ciudad de México con ocho, Sinaloa con ocho y Puebla con siete.
En la entidad oaxaqueña, además, dos mujeres fueron secuestradas, 78 fueron víctimas de lesiones culposas, 323 de lesiones dolosas y 25 fueron víctimas de homicidio culposo.
Las cifras provienen de la información registrada en las carpetas de investigación iniciadas ante el Ministerio Público y son proporcionadas mes a mes por las procuradurías y fiscalías generales de las 32 entidades federativas. Es decir, se trata de presuntos hechos delictivos.
En México, señala el SESNSP, el delito de feminicidio representa 0.05% en la incidencia delictiva total en enero-febrero de 2019.
“La contabilidad del delito de feminicidio se realiza conforme a su tipificación en las entidades federativas, la cual se ha dado de forma gradual durante los últimos siete años, completándose las 32 entidades federativas en octubre de 2017”.
Precisa que la investigación de cualquier hecho delictivo inicia con la apertura de una carpeta de investigación por un determinado tipo penal.
Conforme las indagatorias avanzan, los hechos motivo de una investigación podrían ser reclasificados en un delito distinto e inclusive podría determinarse la no existencia del mismo. Esta circunstancia es informada por las procuradurías o fiscalías generales al CNI, sin que signifique una variación de la incidencia delictiva total, sino eventualmente la reclasificación de la información.
“Por este motivo, es posible que las cifras de los delitos y víctimas que se muestran en el presente reporte varíen respecto a reportes de meses anteriores.
“La obligación que tienen las autoridades ministeriales de toda la república para la utilización del protocolo de investigación en materia de feminicidio en las investigaciones de muertes dolosas de mujeres, no condiciona su registro estadístico bajo dicho título; esto es, que debe utilizarse dicho protocolo en toda investigación sobre la muerte dolosa de una mujer, sin necesidad de que el cumplimiento de tal obligación condicione el registro de la investigación como feminicidio”, señala.