Oficial, agentes viales ya no podrán retener placas de vehículos
Hoy se publicó en el Periódico Oficial de Oaxaca las reformas a la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del Estado
Los agentes de vialidad de los municipios del estado, así como de la Policía Vial, a partir de hoy no podrán retirar y retener placas de vehículos como medida para garantizar el pago de multas por alguna infracción a los reglamentos de tránsito.
Este día, se dio a conocer el Periódico Oficial de Oaxaca con fecha 27 de octubre en el que se publicaron las reformar aprobadas por los diputados de la 63 Legislatura del Congreso local a la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del Estado.
Las modificaciones a la ley también prohíben a los agentes viales a retener cualquier documento de los conductores como licencias de manejo o tarjetas de circulación como garantía de pago ante una infracción.
Aunque las reformas fueron aprobadas por los legisladores locales a inicios del mes de octubre, no podría ser aplicada hasta en tanto no fuera publicada en el diario oficial del estado.
Las modificaciones, sin embargo, no establecen cuáles serán los mecanismos para que las autoridades municipales o estatales garanticen que los ciudadanos realicen el pago correspondiente por la emisión de una infracción ante las violaciones a los reglamentos de tránsito.
Con la nueva reforma se estipula que los policías viales o agentes de tránsito ya no tendrán la facultad para asegurar el permiso para circular, las tarjetas de circulación, las licencias de manejo y placas, al derogarse la fracción 11 del artículo 18 y modificarse el artículo 25 de la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del Estado de Oaxaca.