Entra en vigor reforma que despenaliza interrumpción del embarazo en Oaxaca
La reforma al Código Penal fue aprobada por la mayoría de diputadas y diputadas en Sesión Ordinaria el pasado miércoles 25 de septiembre
Oficialmente, en Oaxaca ninguna mujer pagará con prisión por decidir sobre su cuerpo. Este día el Congreso local dio a conocer que la reforma al Código Penal que despenaliza la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación ya fue publicada en el Periódico Oficial del Estado.
Las modificaciones a la legislación se presentaron en el pleno legislativo el pasado 25 de septiembre, con el objetivo de evitar la criminalización de las mujeres que deciden sobre su maternidad.
Aunque la publicación se dio a conocer este lunes, está fechada el 24 de octubre en su versión digital con el folio 2019/10/EXT-DECRETO806 y con ella entran en vigor las siguientes disposiciones:
Que se considera aborto sólo a la interrupción del embarazo después de la decima segunda semana de gestación; y a la mujer que realice esta práctica después de la fecha señalada se le impondrán de 3 a 6 meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad.
Además, la reforma que entra en vigencia establece que “quien haga abortar a una mujer, sin el consentimiento de ésta, se le aplicará de 3 a 6 años de prisión, y si empleara violencia física o moral, la pena será de 6 a 10 años de prisión”.
Cuando la interrupción se realice hasta la semana 12 de gestación, ya no será motivo de una sanción penal como se estipulaba anteriormente.
EL UNIVERSAL publicó el 23 de septiembre que al menos 20 oaxaqueñas pagaron con penas de prisión su derecho a decidir sobre su cuerpo.
La reforma al Código Penal fue aprobada por la mayoría de diputadas y diputadas en Sesión Ordinaria el pasado miércoles 25 de septiembre, obteniendo 24 votos a favor y 12 en contra.
Se espera que los legisladores que votaron contra las modificaciones al código penal, presenten un recurso para detener estas reformas.