La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) informó que ninguna autoridad educativa puede rechazar el ingreso o reingreso de los alumnos a las escuelas públicas por falta de pago las cuotas, haberse ausentado de tareas comunitarias o reuniones durante el ciclo escolar pasado.

El organismo señaló que la negativa por estas circunstancias vulnera el derecho a la educación de los estudiantes, al condicionarle el acceso a la educación básica y obligatoria.

En ese sentido, pidió al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) tomar las acciones necesarias que permitan dar cumplimiento a lo establecido en el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que todas las personas tienen derecho a recibir educación básica obligatoria por parte del Estado; así como lo establecido en el artículo 14 de la Ley Estatal de Educación Pública.

“En caso de que a un, o una estudiante se le niegue el derecho a la educación, los responsables (padres o madres de familia y tutores) puede acudir a presentar su queja ante el órgano garante, a fin de que el organismo defensor pueda dar seguimiento a su caso”.

La DDHPO puntualizó que el interés superior del niño, debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación, por lo cual, deben agotarse todas las acciones necesarias a fin de que las y los estudiantes en el estado, reciban a la brevedad posible los documentos a que tienen derecho y que son indispensables para continuar sus estudios del ciclo escolar 2019-2020.

Advirtió que de no hacerse de esta manera, las autoridades educativas podrían causar daños y perjuicios de difícil reparación a las y los estudiantes, sobre todo considerando que su personalidad se encuentra en formación.

“Por lo tanto, debe procurarse que cuenten con los elementos necesarios para que en el futuro, sean personas que puedan cumplir con sus propios fines formando parte de una sociedad armónica y con valores positivos para la humanidad”.