“En aborto, SCJN prioriza derechos de las mujeres”
La Suprema Corte ya se ha pronunciado al respecto... "no se trata sólo del hecho del aborto, sino de cuestiones que también están ligadas a los derechos de la madre"
Las reformas al Código Penal que se aprobaron el pasado miércoles en el recinto legislativo de San Raymundo Jalpan, que permiten la interrupción del embarazo hasta la semana 12 de gestación, son válidas, a pesar de no haberse votado para la reforma constitucional, destacó la abogada Beatriz Adriana Salazar Rivas.
Y es que luego de la sesión ordinaria, en cuyo último punto se votó la despenalización del aborto en el primer trimestre de gestación, dando como resultado 24 votos a favor y 12 en contra, la diputada local por el Partido Acción Nacional (PAN) Marichuy Mendoza declaró que las reformas aprobadas por mayoría de votos fueron anticonstitucionales.
La afirmación fue capturada en un video que difundieron activistas provida, quienes protestaron inconformes con el resultado, durante la sesión legislativa.
En el clip, la diputada panista señala que “el procedimiento fue violentado”.
“Para que nosotros podamos aprobar leyes secundarias, se tiene que tener el sustento en la Constitución. No puede entrar al Código Penal una reforma que violente la Constitución, porque se puede debatir el tema de inconstitucionalidad”, explicó.
Por otro lado, la panista sostuvo que el proceso legislativo también fue violentado, debido a que se dio por concluida una sesión a la que le quedaban temas debatibles: “Falta el tema de la Constitución, que es la base, y esta establece que hay derecho a la vida desde la concepción”, afirmó la legisladora que votó en contra de las reformas aprobadas.
Tras aprobarse los cambios a los artículos 312, 313, 315 y 316 del Código Penal estatal, la reforma considera el aborto como delito después de la décimo segunda semana de gestación y no “en cualquier momento de la preñez”, como estaba escrita originalmente.
En tanto, advirtió que la fracción panista interpondrá recursos para apelar la decisión de la mayoría.
Las reformas son válidas. “Lo ideal es que también se reforme la Constitución, para que vaya acorde con las reformas del estado, pero, por el tema de la supremacía constitucional, está por encima de la Constitución estatal la Constitución federal y las leyes que de ella emanan”, precisó al respecto Beatriz Adriana Salazar Rivas.
Aclaró que la reforma, hasta este punto, no puede considerarse como inválida, dado que aún no se ha publicado: “No tiene validez, hasta el momento de su publicación. Esperamos que en este plazo el Congreso sesione y se apruebe la reforma constitucional”, dijo.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado al respecto... no se trata sólo del hecho del aborto, sino de cuestiones que también están ligadas a los derechos de la madre. Cuando la corte hace la ponderación de los derechos, dice que los derechos de las mujeres tienen mayor relevancia porque son personas vivas con un proyecto de vida”, menciona.
En 2008, la SCJN legitimó la despenalización del aborto en la Ciudad de México, que se declaró en 2007, tras notificar que “un producto no puede ser considerado persona hasta después de las 12 semanas de gestación”, pues hasta ese momento no es viable fuera de la madre.
De acuerdo con los procesos de la legislatura, la publicación de las reformas deberá realizarse en un periodo máximo de 15 días, por lo que la responsabilidad de la publicación recae en el titular del Poder Ejecutivo, es decir, del gobernador Alejandro Murat Hinojosa.
La jurista destacó que el pasado miércoles, durante la sesión ordinaria en el Congreso del Estado de Oaxaca, como parte de los puntos de la orden del día, se sometería a votación la reforma constitucional para despenalizar la interrupción del embarazo hasta la semana 12.
Recalcó que fue la falta de condiciones lo que no permitió que la sesión en el Congreso continuara y, ante ello, se dio por concluida.
Hasta el momento no hay una nueva fecha para que el Congreso del estado vuelva a sesionar y para tratar los puntos pendientes se tendrá que citar a una sesión extraordinaria.
“No había condiciones para continuar, incluso las participaciones de las legisladoras fueron interrumpidas y a una de ellas ni siquiera la dejaron hablar. Es un mandato de la mesa salvaguardar la integridad tanto de los legisladores como de todos los que asistan al salón de plenos”, agregó.
Acción de incostitucionalidad.
Ante la imposibilidad de invalidar la votación, las y los legisladores que se opusieron a las reformas deberán presentar una acción de inconstitucionalidad en la sala constitucional del Tribunal Superior del estado; el resultado de la impugnación será responsabilidad de los legisladores y su defensa.
Para poder presentar un recurso de este tipo, el documento tiene que ser firmado por un 30% de los legisladores que conforman la Cámara de Diputados local, es decir, un total de 13, cifra que sobrepasa a los que votaron en contra de la reforma al Código Penal. Además, el recurso deberá ser presentado después de la publicación de las reformas.
El proceso de acción de inconstitucionalidad es posible sólo durante los primeros 30 días después de la publicación de la ley; el recurso se analizará desde la perspectiva de los derechos humanos y de género.
Debido a que no hay un plazo para que se dicte la resolución, mientras esté activo el proceso, la ley será vigente.
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