Valida IEEPCO elección en 19 municipios indígenas, en 2 hubo violencia
En los acuerdos se vinculó a las autoridades electas, a la asamblea general y a la comunidad para que fortalezcan la participación de las mujeres
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) calificó como "jurídicamente válidas" las elecciones de autoridades en 19 municipios que se rigen por sistema normativo indígena.
Lo anterior luego que determinó que los ayuntamientos "cumplieron con las normas comunitarias, garantizaron derechos fundamentales, el principio de universalidad del sufragio, así como con la participación de mujeres y su acceso a cargos de elección popular".
Los 19 municipios cuyas elecciones fueron validadas incluyen a dos en cuya jornada electoral se denunciaron hechos de violencia: San Mateo del Mar, en el Istmo de Tehuantepec, y San Pedro Ixtlahuaca, en los Valles Centrales.
En el primero, habitantes ikoots (huaves) denunciaron que se impidió votar a ciudadanos de las secciones ubicadas en la cabecera municipal, luego que un habitante de la comunidad, a quien vincularon a la actual diputada Gloria Sánchez, quemó urnas y boletas; el señalamiento fue negado por la legisladora de Morena.
En el segundo municipio, de raíces zapotecas, donde la elección se realizó por planillas y no por asamblea, el candidato que finalmente ganó, Manuel Duarte, denunció la agresión a dos de sus integrantes, presuntamente por militantes de una planilla contraria. Finalmente, las urnas fueron sacadas de la comunidad con vigilancia de cuerpos policiacos.
Además de estos dos municipios, se declararon válidas las elecciones en San Agustín Loxicha, San Bartolomé Loxicha, Magdalena Yodocono de Porfirio Díaz, Candelaria Loxicha, Mesones Hidalgo, San Esteban Atatlahuca, San Juan Lalana, San Ildefonso Amatlán y San Juan Tamazola.
También en Santa Lucia Ocotlán, San Miguel Piedras, Santa María Lachixio, Santo Tomas Ocotepec, Santiago Apóstol, Santa María Yucuhiti, Santa María Chilchotla y Santiago Jocotepec.
En los acuerdos, se vinculó a las autoridades electas, a la asamblea general y a la comunidad para que fortalezcan la participación de las mujeres en sus próximas asambleas y apliquen el principio de progresividad.
Respecto al municipio de Santa Catarina Lachatao, el Consejo General determinó como no valida su elección al no haber garantizado la participación de todas las agencias en su asamblea electiva.