La sentencia que ordena el rescate de los ríos Atoyac y Salado en Oaxaca cumplió hoy nueve años de que fue emitida por una jueza del Poder Judicial de la Federación, sin que haya avances ni un plan en su ejecución.

El 26 de marzo de 2017, la jueza Elizabeth Franco del Juzgado Primero de Distrito en Oaxaca, dictó la sentencia del juicio de amparo indirecto 621/2016; la primera en materia ambiental, y en la que se ordena rescatar ambos cauces contaminados principalmente con aguas residuales negras.

Recientemente, sin embargo, el juez primero de distrito, Emmanuel Hernández Alva, reconoció que no ha construido un instrumento técnico integral para organizar y dirigir el cumplimiento del fallo.

Lee también:

Carlos Morales Sánchez, presidente de Litigio Estratégico Indígena A. C. - organización que promovió el amparo -, señaló que lo anterior implica que no existe un plan formal que establezca qué acciones concretas deben realizarse, en qué plazos, con qué presupuesto, qué autoridades son responsables y cómo se va a medir si realmente se está cumpliendo la sentencia.

“Un instrumento técnico de ejecución en un caso ambiental de esta magnitud debería contemplar metas específicas y medibles, un cronograma con fechas definidas, asignación presupuestal clara, indicadores verificables de avance y mecanismos de seguimiento judicial. Sin estos elementos, la sentencia —aunque es obligatoria— carece de una hoja de ruta que permita supervisar su cumplimiento de manera ordenada y transparente”, explicó.

Pese a que no hay avances en la ejecución de la sentencia, el activista afirmó que esta resolución del Poder Judicial de Oaxaca en el año 2017 sentó un precedente para la lucha por el medio ambiente.

“La resolución no solo reconoció la gravedad de la contaminación del Atoyac y el Salado. Hizo algo más profundo: colocó en el centro a las comunidades y su derecho a un medio ambiente sano, obligando al Estado a responder frente a una crisis que había sido sistemáticamente postergada”, expresó.

TEMAS RELACIONADOS

Google News