La legislación pretende que los centros médicos y hospitales de salud pública brinden de manera gratuita tratamiento preventivo y de detección a la comunidad.
De acuerdo con el artículo 2 de la mencionada ley, con ella se establecen los lineamientos para la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, atención, tratamiento, rehabilitación, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, a fin de disminuir las tasas de morbilidad y mortalidad de las personas en Oaxaca por esta enfermedad.
La atención se le debe brindar también a las personas que no cuenten con seguridad social y que, por su diagnóstico, requiera de estudios complementarios, además de que quienes sean diagnosticados con cáncer de mama o exista sospecha de la enfermedad, deberán recibir acompañamiento psicológico.
La ley establece también que las instituciones de salud deberán ofrecer el servicio gratuito, de manera eficiente y de calidad para la detección y atención del cáncer de mama, así como proporcionar el tratamiento establecido dentro del programa, además de darle al paciente y sus familiares un resumen de su expediente clínico y las alternativas de cuidados paliativos.
Esta nueva norma surge luego de que en Oaxaca existe un alto índice de mujeres que son diagnosticadas con cáncer de mama, ya que, de acuerdo con el dictamen aprobado, cada dos días se reporta un fallecimiento por esta causa en la entidad, como lo informan los Servicios de Salud de Oaxaca.
Asimismo, señaló que, durante el año 2021 se notificaron 129 casos nuevos de esta neoplasia y 180 muertes. De manera preliminar, en el primer semestre del año 2022 se reportaron 30 pacientes positivas y 55 perdieron la vida.
La nueva ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca. Posteriormente a ello, el Ejecutivo tendrá un plazo no mayor a 180 días naturales para emitir el reglamento de la presente norma.
De igual manera, deberá de integrarse el Comité Técnico para el Seguimiento del Programa de Prevención y Atención Integral del Cáncer de Mama del Estado, en un plazo de 60 días naturales.