El Congreso de Oaxaca aprobó un exhorto en el que pide a la Secretaría de Salud hacer público el padrón o listado con certificados y títulos de especialización vigentes en cirugía plástica, estética y reconstructiva.
En los últimos años, según el dictamen, el número de cirugías estéticas ha ido en aumento debido a los avances médicos, reducción de costos y la recuperación pronta del paciente.
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Sin embargo, advierte que se ha identificado que en esta área ejercen algunos profesionales en medicina general y otros sin especialización, lo que implica graves riesgos, desde no obtener los resultados esperados hasta la muerte, derivando en litigios por inconformidad.
El objetivo de publicar este listado, señaló, es garantizar la salud y prevenir riesgos o daños a las personas que decidan realizarse este tipo de procedimientos médicos-quirúrgicos.
“Es importante que todo individuo que practique una profesión debe poseer los conocimientos teóricos y prácticos propios de la misma, obrar con diligencia y previsión necesarias y con apego a las reglas y métodos que le corresponden, ya que la responsabilidad jurídica puede ser civil, penal o administrativa, según el ordenamiento jurídico a que afecten y por el que se regulen sus efectos”.
En el dictamen aprobado, se señaló que el artículo 272 Bis de la Ley General de Salud establece que, para la realización de cualquier procedimiento médico-quirúrgico de especialidad, las y los profesionales deben tener cédula de especialista expedida por las autoridades educativas competentes, certificado vigente de especialista que acredite su capacidad y experiencia expedido por el Consejo de la especialidad según corresponda.
Y puntualiza que la cirugía plástica estética que sea llevada a cabo por personal médico no facultado se tendrá como irregular, y todas las complicaciones y consecuencias que de ella emanen no serán consideradas como riesgo inherente, sino como injustificadas, como resultado de la mala práctica y serán sujetas a las sanciones correspondientes.
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“Por lo que es necesario que la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado solicite los datos que corresponden a los profesionistas que realizan procedimientos dedicados a la cirugía plástica, estética y reconstructiva en el territorio estatal, dando cumplimiento también a lo dispuesto al artículo 229 Quáter de la Ley General de Salud”.