Esto mediante una reforma realizada a la Ley Estatal de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado de Oaxaca, en sus artículos 13, 80, 109, 81 Bis, 81 Ter y 81 Quáter.
La disposición obliga a las autoridades de los tres niveles y órdenes de gobierno a que, una vez que tengan conocimiento de una niña, niño o adolescente en estado de orfandad, informen a las instituciones correspondientes.
“De esta manera el Poder Legislativo garantiza que el Estado y los municipios coordinen esfuerzos para dar cumplimiento a sus obligaciones de protección de los derechos humanos de toda la niñez y la juventud que se encuentre en esta situación desfavorable”, señaló la LXIV Legislatura en un comunicado.
Las administraciones estatales también deberán “prever e implementar las acciones, programas y mecanismos que les permitan un crecimiento y desarrollo pleno, en concordancia con el principio de interés superior de la niñez”.
De acuerdo con la determinación de los congresistas, la información del padrón deberá ser confidencial en lo relativo a la protección de datos personales y solo podrá ser público en lo que refiera a datos de carácter estadístico, para fines de medición y evaluación.
La reforma fue promovida por las diputadas del Grupo Parlamentario de Morena, Juana Aguilar Espinoza e Hilda Graciela Pérez Luis, y dictaminada en la Comisión Permanente de Grupos en Situación de Vulnerabilidad.
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