Este lapso inicia a partir de hoy, con la publicación del "Manual de Identidad Gráfica", así como la señalética que deben delimitar los espacios 100% Libres de Humo de Tabaco y Emisiones, a cargo de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic). Ambos documentos son de libre descarga en www.gob.mx/cofepris.
En caso de incumplimiento se impondrán las siguientes sanciones: amonestación con apercibimiento; multa que va de una a 100 Unidades de Medidas y Actualización (UMAS), es decir, de los 103.74 a 10 mil 374 pesos mexicanos, y clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, a los establecimientos que no garanticen espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.
En este "Manual de Identidad Gráfica" se establecen las líneas de aplicación para las nuevas señaléticas, mismas que deberán estar visibles al público. La primera señalización obligatoria deberá ubicarse en cada entrada del establecimiento; ésta se compone de un nuevo logotipo y la leyenda: Está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina.
Además, como establece el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (RLGCT), en los accesos e interior de los establecimientos deben exhibirse letreros que indiquen a la población que se trata de un espacio 100 % libre de humo de tabaco y emisiones, así como señalizaciones que contengan frases de advertencia sobre su incumplimiento y el número telefónico para presentar quejas y denuncias.
Sumado a las señalizaciones antes citadas, en este manual también se proporciona la imagen que se podrá utilizar para enmarcar las zonas permitidas para fumar, siempre y cuando estas áreas cumplan las características citadas en el RLGCT.