IEEPCO excluye a mujeres con discapacidad de convocatoria para elegir a titular de Unidad Técnica

El Tribunal Electoral del Estado resolvió que existe contradicción porque el IEEPCO establece que puede postularse "cualquier mujer interesada", pero sólo se dirigió a indígenas y afromexicanas

IEEPCO excluye a mujeres con discapacidad de convocatoria para elegir a titular de Unidad Técnica
IEEPCO excluye a mujeres con discapacidad de convocatoria para elegir a titular de Unidad Técnica. Foto: Especial
Estatal 13/02/2025 11:01 Juan Carlos Zavala Actualizada 11:01

Oaxaca de Juárez.- La convocatoria para la elección de la nueva titular de la Unidad Técnica para la Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) viola el principio de no discriminación e igualdad, resolvió el Tribunal Electoral del Estado (TEEO).

Esto, de acuerdo con el Tribunal, porque la convocatoria emitida por el órgano electoral local únicamente va dirigida a mujeres indígenas y afromexicanas, pero deja fuera a las mujeres con alguna discapacidad.

Marión Isabel Cortés Sarmiento, oaxaqueña con discapacidad visual, impugnó el proceso por la omisión del IEEPCO para no incluir a las mujeres que forman parte de este sector de la sociedad y grupo vulnerable.

El TEEO consideró fundada la impugnación porque la “convocatoria es limitativa al enfocarse únicamente para que las mujeres indígenas y afromexicanas puedan postularse a la titularidad de dicha unidad”.

Además, señaló que existe contradicción porque el acuerdo del órgano electoral establece que puede postularse cualquier mujer interesada previa convocatoria abierta para contender al cargo de dirección, y no así como se señala en el acuerdo impugnado, vulnerando el principio de no discriminación e igualdad.

En su sentencia, el Tribunal ordenó al IEEPCO dar cumplimiento para que todas las mujeres, sin distinción, puedan participar en el proceso de selección de la titularidad de la Unidad Técnica para la Igualdad de Género y no Discriminación del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Duranta la sesión pública, también declaró existente la violencia política en razón de género denunciada por la Síndica Municipal, la regidora de Salud y de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Reforma de Pineda, atribuida al presidente municipal José Méndez Ramírez.

El Tribunal declaró fundados los agravios planteados, como la obstrucción al ejercicio del cargo, no fueron convocadas a las sesiones de Cabildo, se les negó a participar en las actividades del Comité de entrega-recepción del Ayuntamiento, y no recibieron el pago de dietas y aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal 2024.

“Existe una clara violación a sus derechos como mujeres, ante la evidencia de manera sistematizada de una falta de reconocimiento y respeto durante el tiempo que se encontraron ejerciendo sus cargos municipales”.

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