El catedrático de la Facultad de Contaduría y Administración de la UABJO y consultor independiente, Mayolo Pinacho Sánchez, advirtió que el problema de las reformas para gravar las plataformas digitales y ampliar las facultades al Sistema de Administración Tributaria (SAT) para solicitar la información de los usuarios, es la "inseguridad jurídica" en la que quedan los contribuyentes y que ha propiciado que algunos sectores vean la posibilidad de espionaje del Estado.

"Para seguridad jurídica, debiera de establecerse con claridad en la propia disposición jurídica, porque luego lo que sucede es que siempre termina diciendo que va a ser conforme a las reglas de carácter general que emita el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

El especialista, sin embargo, afirmó que está bien imponer impuestos a estás plataformas algunas de las cuales funcionan para el comercio electrónico porque generará una recaudación de recursos económicos para el gobierno.

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Mayolo Pinacho explicó esto se debe a que el comercio electrónico se ha desarrollado de una forma increíble y es una modalidad muy común en las nuevas generaciones.

"Leía un reportaje sobre cómo las pequeñas empresas van desapareciendo por ese fenómeno. Las plazas comerciales cada vez están más vacías y se debe a ese fenómeno electrónico, en el sentido ha ido creando gigantes (económicos) con una inversión menor en comparación con un comerciante normal".

Algunos ejemplos, mencionó, son Uber o Airbnb; el primero que no invierte un sólo peso en la compra de un automóvil para prestar el servicio de transporte de personas, y el segundo, que no ha gastado nada en la construcción de un hotel o propiedades para el servicio de hospedaje.

Pero sus plataformas digitales son las que establecen una relación entre quienes ofertan bienes o servicios y los demandantes de esos bienes y servicios.

El catedrático recordó que desde hace dos años, México inició con gravar con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y regular las plataformas digitales de intermediación. "Que si bien no son contribuyentes, se los obliga a retener el impuesto a los contribuyentes que realizan operaciones a través de ellos. Por ejemplo, tiene que retener el impuesto al que rentó la casa, al que vendió Amazon, y en ese sentido, esa es su principal obligación. Esto en virtud del incremento tan importante que ha tenido el comercio electrónico, pensamos que va a ser una recaudación también significativa".

Con las recientes reformas, dijo, se trata de controlar a los contribuyentes que prestan los servicios en forma directa a través de medios digitales, como los que prestan servicios de descarga de música o que directamente permiten el acceso a servicios de juegos con apuestas. Aquellos contribuyentes que permiten la descarga de juegos violentos, entonces a esos contribuyentes que normalmente también son residentes en el extranjero, a ellos también se les obliga a pagar el impuesto.

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El consultor apuntó que hasta ahora la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) todavía no ha definido que se grave directamente a las plataformas digitales, y por el momento, México únicamente ha avanzado en la aprobación de impuestos indirectos como el IVA; es decir, un impuesto que no pagan los propietarios de esas plataformas, sino los consumidores y/o usuarios.

"El IVA no lo paga el contribuyente, el IVA lo paga el consumidor. Entonces es un inicio, pero bueno, sea como sea, ellos deben de calcular el IVA que trasladan y enterarlo (a la Federación), y esa también es otra recaudación muy importante que es que se estima va a tener el Estado".

Por eso, dijo, se comentaron los principales incrementos que va a haber en el Impuesto Sobre la Renta, en el IVA y en el impuesto especial sobre producción y servicios. "Y obviamente que estas empresas están tan vigiladas, en el sentido de que en caso de que estas empresas no cumplan con sus obligaciones de retención o con sus obligaciones de pago de los impuestos indirectos, pues este simple y sencillamente se les baja el switch y se les corta el servicio de acceso a los servicios digitales.

"Yo creo que está bien, siempre y cuando obviamente esos recursos se reinviertan por parte del Estado, en el presupuesto público que implique mayor necesidad. Hay muchas necesidades y ojalá esa recaudación se enfoque a esas necesidades apremiantes que tiene el Estado".

Sobre las reformas al Código Fiscal de la Federación en las que otorga facultades al SAT para solicitar en tiempo real el acceso a los registros de las personas usuarias de las plataformas digitales, y que ha propiciado críticas por advertir el riesgo del espionaje y violación a la intimidad de las personas, la calificó como una "cuestión muy inquietante" y la atribuyó a la inseguridad jurídica que propicia la propia reforma.

La reforma del 30 bis del Código dice que estas plataformas digitales están obligadas a permitirle el acceso al SAT a sus registros en tiempo real y en forma permanente, para vigilar, dice la disposición, el cumplimiento de obligaciones: pero también va a poderse interpretar que es para vigilar el cumplimiento de las obligaciones de todos los contribuyentes que realizan operaciones a través de esos medios digitales.

"Y qué va a pasar cuando el SAT detecte que una persona física está comprando bienes a través de esos medios digitales y detecte que, en ese sentido, tiene una discrepancia fiscal. En la ley del impuesto sobre la renta se establece una figura que se llama discrepancia fiscal, que es aquel que cuando el fisco detecta que una persona física gasta más de lo que tiene de ingresos, y eso puede constituir una omisión de ingresos, que incluso puede considerarse como un delito de defraudación fiscal si el contribuyente no acredita de dónde está obteniendo ese dinero".

Aunque es una herramienta, opinó, importante de vigilancia a esos contribuyentes y personas físicas que realizan un sinnúmero de operaciones digitales para el SAT, se trata de una fiscalización "muy fuerte" donde el problema, insistió, es la inseguridad jurídica que es el resultado de la redacción de la reforma.

"Por seguridad jurídica, debiera de establecerse con claridad en la propia disposición jurídica, porque luego lo que sucede es que siempre termina diciendo que va a ser conforme a las reglas de carácter general que emita el SAT, y eso, se llaman cláusulas habilitantes, que siempre van a dejar una inseguridad jurídica a los contribuyentes, porque ya no está sujeto a las reglas que establece el Congreso, sino que va a estar sujeto a las reglas que establezca el SAT, y que son discrecionales, y el SAT no tiene facultades para legislar. Ese es el problema de las cláusulas habilitantes".

Mayolo Pinacho dijo que debe estarse atentos a la publicación de esas reglas generales, observar que sean objetivas y que representen seguridad para los contribuyentes.

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