OGAIPO, en la incertidumbre jurídica tras sentencia de la SCJN

La SCJN deja la puerta a que las decisiones que tomen los comisionados signifiquen que se estén extralimitando en sus funciones

OGAIPO, en la incertidumbre jurídica tras sentencia de la SCJN
Foto: Redes Sociales del OGAIPO
Estatal 25/08/2024 11:04 Juan Carlos Zavala Actualizada 11:04

El Órgano de Transparencia y Acceso a la Información de Oaxaca (OGAIPO) quedó en la incertidumbre jurídica tras la declaratoria de inconstitucionalidad resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aseguró el excomisionado de este organismo, Fernando Gómez Cuevas.

Al declarar inconstitucional el artículo cuarto transitorio del decreto de reforma a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, en el cual se preveía que el Congreso local designaría a las y los comisionados integrantes del nuevo OGAIPO, la Corte deja la puerta a que las decisiones que tomen los comisionados signifiquen que se estén extralimitando en sus funciones.

“Porque la Corte ya resolvió, o sea lo que pase a partir del jueves con estos comisionados, se puede impugnar. Por ejemplo, si quieren sancionar a un municipio, el municipio puede impugnar esa sanción diciendo que pues que la Corte ya determinó que el proceso de designación estuvo viciado y que fue inconstitucional que ellos no respetaran el nombramiento de los comisionados anteriores, porque ya era un órgano autónomo”, detalló.

La SCJN señaló que es jurídicamente invalida e inconstitucional la designación de los actuales comisionados del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno de Oaxaca (OGAIPO). 

Lo anterior, porque al facultar al Congreso local para nombrar nuevos comisionados y, por ello, al implicar la remoción de los comisionados que se encontraban en funciones al momento de publicarse la ley impugnada, “se generaba una intromisión indebida en la integración del instituto de transparencia local”.

Fernando Gómez era uno de los dos comisionados del entonces Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (IAIP) que fue removido tras la reforma realizada por el Congreso de Oaxaca, y el nombramiento de cinco nuevos comisionados.

El ex comisionado explicó que el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (INAI) y en ese momento el IAIP, promovieron las acciones inconstitucionalidad contra algunos aspectos de la reforma del Congreso local, como la reserva de hasta 10 años de la información y la remoción de los dos comisionados.

En la resolución de la SCJN, dijo se estableció el criterio que sostiene es que los nombramientos no pierden su eficacia, es decir, si bien es cierto que los legisladores locales podían crear un nuevo órgano y darle más atribuciones, los comisionados que estaban en el desaparecido IAIPO debían permanecer con sus nombramientos en el nuevo organismo.

“Se usó el mismo criterio que en el caso de Chiapas, donde se pretendió hacer lo mismo que en Oaxaca, pero la Corte resolvió que los nombramientos de los comisionados no perdían su eficacia. Si bien es cierto que este nuevo órgano tenía más atribuciones, lo cierto es que el Congreso no debió haber removido a los comisionados”.

Fernando Gómez dijo que esto no significa que se va a regresar al Instituto de Acceso a la Información Pública, porque queda firme que es un nuevo órgano garante de acceso a información; lo que significa, agregó, es el proceso que hicieron para elegir a al nuevo cuerpo colegiado de Comisionados lo hicieron mal y no debió haber este excluido a los dos comisionados, sino debieron haber permitido que continuarán en su cargo y elegir a tres nuevos comisionados.

Lo que queda, dijo, es esperar a que llegue al Congreso de Oaxaca la sentencia de la SCJN y ver cuáles son los efectos que determinan la sentencia; es decir, qué decisión se debe acatar en torno a los actuales comisionados del OGAIPO.

“Es clara la postura de la de la Suprema Corte de Justicia en donde reconoce los nombramientos de los anteriores comisionados y que de eso estaría obligado el Congreso a reformar su cuarto transitorio que no, y esto no es más que dejar en el en el estado anterior como se encontraban las cosas, es decir, regresar a los dos nuevos comisionados que estaban en funciones”, plantea Fernando Gómez como uno de los escenarios posibles ante la declaratoria de inconstitucionalidad de la SCJN.

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