Ordenan en Oaxaca aceptar registro de dos candidatos sancionados por violencia política de género

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca determinaron que el IEEPCO debe aceptar a los aspirantes a ediles de Oaxaca de Juárez y Huajolotitlán por el PRD y el PRI

Ordenan en Oaxaca aceptar registro de dos candidatos sancionados por violencia política de género
Foto: Especial
Estatal 12/05/2024 11:51 Juan Carlos Zavala Actualizada 11:51

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenaron que se acepte el registro de dos candidaturas de hombres pese a estar sancionados por violencia política contra mujeres en razón de género.

De acuerdo con la resolución del Tribunal, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) deberá registrar a David García Martínez  y a José Guadalupe Barbosa Barragán como candidatos a primer concejal propietario en los ayuntamientos de Huautla de Jiménez, por el PRD y el PRI en candidatura común, y Santiago Huajolotitlán por el partido político Fuerza por México Oaxaca, respectivamente.

Los magistrados del TEEO afirmaron que es inconstitucional que se les niegue el registro por estar inscritos en el Registro de personas sancionadas por Violencia Política en Razón de Género, por lo tanto, determinó la inaplicación del artículo 21, fracción 6 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca; y el artículo  6, numeral 6,  de los lineamientos en materia de paridad y acciones afirmativas, emitidos por el IEEPCO.

“Esta decisión tiene su fundamento en el criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitido en el juicio ciudadano federal SUP-JDC-306/2024, que considera inconstitucional condicionar la elegibilidad de las personas candidatas a la no inscripción en el registro de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres”.

La sentencia también establece que las restricciones deben ser acorde a las establecidas en el artículo 38 Constitucional, que instituye la inelegibilidad por sentencia penal firme, incluyendo la violencia política de género.

Esta es la segunda ocasión que los magistrados del Tribunal de Oaxaca ordenan al IEEPCO otorgar el registro a un candidato o candidata inscrita en el registro de personas sancionadas por violencia política en razón de género.

Temas Relacionados
TEEO

Comentarios