Ordenan en Oaxaca reponer juicio contra exedil morenista por desaparición de Claudia Uruchurtu

Esto luego de que pese a ser hallada culpable por la desaparición forzada, sólo fue condenada a 4 años de cárcel por obstrucción; familia impugnará pues sólo exigían revisar sentencia y no reponer caso

Ordenan en Oaxaca reponer juicio contra exedil morenista por desaparición de Claudia Uruchurtu
Ordenan en Oaxaca reponer juicio contra exedil morenista por desaparición de Claudia Uruchurtu. Foto: Edwin Hernández
Estatal 29/12/2023 20:40 Christian Jiménez Actualizada 20:44

Oaxaca de Juárez.- Elizabeth y Sara Uruchurtu Cruz, hermanas de la activista, víctima de desaparición forzada, Claudia Uruchurtu Cruz, informó que un juez ordenó la reposición del proceso contra la exedil de Nochixtlán, Lizbeth Victoria Huerta (Morena), por lo que se enfrentará de nuevo a una sentencia de 40 años de prisión.

 

La expresidenta municipal morenista originalmente fue hallada culpable de la desaparición forzada de la activista, pero tras un polémica fallo en el que de última hora se le cambió el delito, finalmente fue condenada por obstrucción de búsqueda y sentenciada sólo a cuatro años de prisión.

 

Según las hermanas Uruchurtu, hace poco más de un año, el 15 de diciembre de 2022, se sentó un precedente en el sistema de justicia en en Oaxaca, pues se daba a conocer la sentencia condenatoria en contra de Lizbeth Victoria Huerta, la expresidenta municipal de Nochixtlán, y de otras tres personas más, por sur esponsabilidad en la desaparición forzada de Claudia Uruchurtu Cruz.

 

"Con la sentencia percibimos que se daba un paso fundamental para evitar la impunidad en el caso de nuestra hermana, esto a pesar de las terribles vejaciones e intimidaciones de que fuimos objeto durante las audiencias, ya que nuestros derechos como víctimas fueron puestos en segundo plano", señalaron.

Pese a ese primer logro, fue la jueza de control, María Teresa Quevedo Sánchez quien reconfiguró el delito de desaparición forzada del que se acusaba a la exedil para que finalmente fuera sentenciada a cuatro años y dos meses de prisión, por el delito de obstrucción de búsqueda.

 

Ante ello, la familia interpuso un recurso de apelación pues consideró que la Jueza del Tribunal de Enjuiciamiento no había

considerado elementos fundamentales para una justicia integral, inlcuyendo: la responsabilidad por el delito de desaparición forzada de la expresidenta, el reconocimiento pleno de la calidad de defensora de derechos humanos de Claudia, y la inclusión del enfoque diferenciado y con perspectiva de género, “al sern uestra hermana mujer, hija y madre", apuntaron en una carta.

 

En el documento las hermanas Uruchurtu añaden que durante un año los magistrados Luis Enrique Cordero Aguilar, Alejandro Magno González Antonio y Arturo Lázaro León de la Vega evitaron entrar al estudio de fondo de los agravios expresados; no obstante, la semana pasada, fue emitida una resolución fue emitida los magistrados de la Sala de Justicia Indígena y Quinta Sala Penal colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca.

 

Esta sentencia de segunda instancia fue emitida hace unos días, 13 de diciembre pasado, y notificada el día 15 de diciembre, justo al inicio del periodo vacacional del Poder Judicial del Estado de Oaxaca, un año después de la sentencia de primera instancia y el último día del periodo como presidente del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, de Eduardo Pinacho Sánchez. 

"Esto sin duda marca un momento donde el compromiso por garantizar la justicia queda a la deriva y bajo el control del poder Ejecutivo para definir la responsabilidad o no de las personas sentenciadas, lo anterior dado que el Congreso de Oaxaca acaba de aprobar la designación de tres nuevos magistradas y un magistrado, a partir de las ternas enviadas por gobernador Salomón Jara Cruz, emanado del mismo partido y quien ha sido señalado en distintas ocasiones de ser cercano a Victoria Huerta. 

 

Las hermanas Uruchurtu denunciaron que durante el procedimiento penal fueron reconocidas plenamente como víctimas indirectas por así haberlo solicitado. Que fueron representadas por asesores jurídicos y por la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), pese a ello los magistrados concluyeron que la sentencia no incluyó a la totalidad de quienes son víctimas indirectas y “sólo es una excusa para contribuir a la impunidad del delito de desaparición forzada de nuestra hermana Claudia Uruchurtu Cruz”.

 

Indicaron que los plazos señalados por la ley representan una guía para la actuación de los juzgadores y para garantizar una justicia pronta y expedita; sin embargo, en el caso de su hermana, “resulta ilógico que por un plazo de 24 horas que se dejó de observar por la Jueza María Teresa Quevedo Sánchez”, se lleve la Sala de Justicia Indígena y Quinta Sala Penal colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca un año para resolver una apelación sin entrar al estudio de fondo de los agravios que acusan. 

 

“Con esta resolución que consideramos ilegal y que fuera emitida en segunda instancia, se deja de lado por completo el principio de la tutela efectiva, la cual se traduce en la posibilidad real de que las víctimas podamos acceder a la justicia, mediante tribunales previamente establecidos, quienes deberán en todo momento asegurar el derecho a la verdad y sancionar conductas que la Ley señale como delitos, evitar dilaciones y entorpecimientos indebidos que permitan la impunidad”.

Lo anterior, dice la familia Uruchurtu, porque al ordenar la reposición de todo el procedimiento desde la audiencia de debate, los magistrados las revictimizan y fallan en realizar una “ponderación conforme a los estándares internacionales y en garantizar el acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación, por la desaparición de Claudia Uruchurtu Cruz”. 

 

Destacan que la ley prevé la posibilidad de subsanar omisiones y deficiencias y no necesariamente reponer todo el procedimiento, como ahora lo plantean los magistrados. 

 

Ante ello anunciaron que en próximos días, la familia recurrirá a los tribunales federales para impugnar esta resolución de la Sala de Justicia Indígena y Quinta Sala Penal colegiada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca.

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