De acuerdo con el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, en lo que se refiere a la experiencia, la reforma disminuye de 10 a 5 años la antigüedad mínima del título y cédula profesional de quienes busquen ser magistrados.
En su reforma, además, los diputados de Morena y partidos aliados también eliminaron un párrafo sobre la idoneidad de los perfiles que establecía que “los nombramientos de los magistrados serán hechos preferentemente entre aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la administración de justicia o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica”.
De igual forma, abrogaron otros dos párrafos del artículo 114 Quáter en los que se señalaba que “no podrán reunirse en el tribunal dos o más magistrados que sean parientes entre sí por consanguinidad dentro del cuarto grado o por afinidad dentro del segundo”.
Y que “durante el ejercicio de su encargo no podrán ocupar cargo en partidos políticos, ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público; excepto la docencia o la investigación académica”.
En un análisis realizado por el director de Código Transparencia, Alejandro Cruz Pimentel, sobre el decreto que desaparece el TJAO para crear el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca, el especialista sostiene que con estas reformas a la Constitución Política del Estado lo que buscaron es colocar magistrados “modo”, “ya que de igual manera, no se presentó alguna justificación o propuesta afirmativa”, para “dar paso a lo cuates y cuotas”.
Cruz Pimentel advierte que la iniciativa presentada por el diputado de Morena Luis Alfonso Silva Romo también eliminaba la fracción VI de los requisitos para ser magistrado del nuevo tribunal, que ponía como condición “no haber sido condenada o condenado mediante resolución firme por delitos cometidos por razones de género, por violencia familiar, por delitos sexuales y no estar inscrito como persona deudora alimentaria morosa en cualquier registro oficial”.
Al respecto, si bien la iniciativa que circuló el sábado 22 de julio, día en que se aprobó en ocho minutos la reforma para la desaparición del TJAO y el nombramiento de nuevos magistrados, aparece eliminada esta fracción, finalmente en el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el jueves 27 de julio en su página de internet, sí aparecen dichas líneas que obligan como requisito para ser magistrado no haber sido condenado por violencia en razón de género, delitos sexuales y no ser un deudor alimentario.
De acuerdo con el legislador Silva Romo, la reforma aprobada para la creación del nuevo tribunal, pese a no pasar a comisiones, “fue consultada con muchas personas en Oaxaca y fue analizada y socializada por diputados y diputadas, razón por la que accedieron a que fuera tratada como de “urgente y obvia resolución” y aprobada como un dictamen.
“La lista fue ratificada por el pleno del Congreso, más allá de una mayoría calificada, y esto valida lo que la soberanía popular ha hecho en conjunto con el titular del Poder Ejecutivo, el ingeniero Salomon Jara”, afirmó en entrevista.