El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) avaló la reforma a los lineamientos en materia de paridad y acciones afirmativas con las que se busca garantizar que las personas con discapacidad, personas indígenas, adultos mayores y jóvenes, accedan a cargos de elección popular.

Esto, luego de que los partidos Fuerza por México y Movimiento Ciudadano presentaron un juicio en contra de esa reforma con el objetivo de controvertir y echar abajo la reforma realizada por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).

Los partidos acusaron al IEEPCO de partir de un punto incorrecto para determinar la validez y la proporción del derecho adquirido por los grupos de personas indígenas y con discapacidad, atendiendo a que, en la consulta establecieron como base, las disposiciones contenidas dentro del acuerdo IEEPCO-CG-30/2023.

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Y señalaron que las encuestas realizadas se basaron en los lineamientos que fueron declarados parcialmente inaplicables, y por ello, se debieron de aplicar los lineamientos utilizados en el proceso electoral ordinario 2020-2021.

Edgar Cruz Luján, director del Centro para Rehabilitación para Ciegos y Débiles Visuales y activista, aseguró que esta acción de ambos partidos políticos es retrógrada, discriminatoria, van en contra de la progresividad de los derechos y en contra de la progresividad de los derechos políticos electorales de las personas con discapacidad.

El TEEO desechó la impugnación de Fuerza por México y Movimiento Ciudadano bajo los argumentos de que son actos consentidos porque no fueron impugnados de forma oportuna.

De acuerdo con su sentencia, además, el IEEPCO en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), emitió acuerdos que fueron aprobados el cinco y 12 enero, en los cuales estableció los protocolos para la realización de las consultas para determinar los lineamientos que serían aplicables en Materia de Paridad y Acciones Afirmativas.

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“Por tanto, consintieron tales actos, pues la aprobación del acuerdo ahora reclamado solo es una consecuencia de la aplicación de los protocolos señalados con anterioridad; en ellos, agregó, se establecieron las temáticas por las cuales se desarrollarían las consultas, los principios rectores guías para el proceso de diálogo y los objetivos a desarrollar”, estableció el Tribunal Electoral.