Violencia reproductiva será sancionada en Oaxaca con hasta 14 años de prisión, aprueba Congreso local

En Oaxaca se castigará la esterilización forzada, la inseminación artificial no consentida y la disposición de óvulos, espermatozoides y embriones para fines no autorizados

Violencia reproductiva será sancionada en Oaxaca con hasta 14 años de prisión, aprueba Congreso local
Violencia reproductiva será sancionada en Oaxaca con hasta 14 años de prisión, aprueba Congreso local. Foto: Archivo
Estatal 24/02/2023 16:36 EL UNIVERSAL Oaxaca Actualizada 16:36

Oaxaca de Juárez.- La 65 Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca aprobó un conjunto de reformas al Código Penal del Estado, por las que se establecen condenas de hasta 14 años de prisión para las personas que ejerzan violencia reproductiva.

“La tipificación en el Código Penal de Oaxaca que sanciona la esterilización forzada o la inseminación artificial, protege principalmente a las mujeres de sufrir un acto que atenta en contra de su integridad física y derechos reproductivos”, consideró la diputada Haydeé Reyes Soto.

La legisladora agregó que estas prácticas médicas son inadmisibles y que no obstante han ocurrido en contra de mujeres en condiciones de vulnerabilidad.

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“Investigaciones académicas y periodísticas han documentado hechos de esterilizaciones forzadas en diversos puntos del país, principalmente en contra de mujeres indígenas a quienes se les practica la salpingoclasia o colocación de dispositivos intrauterinos (DIU), entre otros métodos sin su consentimiento”.

La legisladora afirmó que estas reformas protegen el derecho de las mujeres sobre sus cuerpos, su maternidad o bien, el no ejercicio de ella que es un derecho constitucional a la inviolabilidad de la vida privada con relación a la autonomía reproductiva, a una vida libre de violencia, y contar con acceso a la información.

En junio del 2022, la legisladora presentó la iniciativa, en la que propuso la incorporación de tres ilícitos: la esterilización forzada, la inseminación artificial no consentida y la disposición de óvulos, espermatozoides y embriones para fines no autorizados.

Reyes Soto destacó que la protección a menores de edad fue una premisa en el proyecto aprobado ya que se establecieron agravantes cuando la víctima sea menor de edad, tenga alguna discapacidad o se trate de persona incapaz para comprender el significado del hecho o para resistirlo.

Además, si el delito es cometido en contra de una persona menor de edad, tenga alguna discapacidad o sea incapaz para comprender el significado del hecho o para resistirlo, el hecho será perseguido de oficio, entre otras previsiones contenidas en el dictamen aprobado.

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