Invalida Corte impuestos por alumbrado público y búsqueda de información en ciudad de Oaxaca

El establecimiento de contribuciones sobre energía eléctrica, señaló la SCJN, es competencia exclusiva del Congreso de la Unión

Invalida Corte impuestos por alumbrado público y búsqueda de información en ciudad de Oaxaca
Foto: Archivo EL UNIVERSAL
Metrópoli 04/10/2021 19:56 Juan Carlos Zavala Actualizada 19:56

Oaxaca de Juárez.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó disposiciones de la Ley de Ingresos del municipio de Oaxaca de Juárez para el ejercicio fiscal 2021, en la que se imponían el cobro de impuestos por el servicio de alumbrado público y cobros por la búsqueda de información.

En el caso del servicio de alumbrado público, la SCJN explicó que la Ley de Ingresos preveía el cobro de ese servicio con base en una cuota establecida directamente sobre el consumo de energía eléctrica, para lo cual el Congreso del Estado de Oaxaca no está facultado.

El establecimiento de contribuciones sobre energía eléctrica, señaló, es competencia exclusiva del Congreso de la Unión.

Además, el Pleno invalidó las disposiciones de la Ley de Ingresos de la capital del estado que establecían cobros por la búsqueda y reproducción de información pública en copias simples, copias certificadas y medios magnéticos.

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La SCJN determinó, de acuerdo con múltiples precedentes, que las disposiciones resultaban violatorias del principio de gratuidad en materia del derecho al acceso a la información pública, ello al establecer un cobro por la búsqueda de información y, por otra parte, al no justificar los costos por la reproducción de dicha información.

Asimismo, se invalidaron normas que establecían otros cobros por la expedición de copias certificadas, al ser contrarias al principio de proporcionalidad tributaria.

La SCJN determinó que, al haberse invalidado disposiciones generales de vigencia anual, en lo futuro el Congreso estatal deberá abstenerse de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad.

Esta sentencia de la Corte es el resultado de una acción de inconstitucionalidad número 51/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), “demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Ingresos del Municipio de Oaxaca de Juárez, para el ejercicio fiscal de 2021, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad de 20 de febrero de 2021”.

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