“Demandamos que la administración de justicia en el sistema judicial, que ha experimentado una suspensión sin precedentes, a la fecha sólo está atendiendo casos clasificados por criterios de urgencia. La suspensión de actividades dentro del Poder Judicial de la Federación, se ha dicho, busca proteger la salud de las personas justiciables y de las personas que laboran en los órganos de justicia.
“En la práctica, esta determinación ha resultado en una evidente demora en la atención de los casos iniciados presencialmente, y en la imposibilidad de iniciar nuevos procesos judiciales por no cumplir criterios de urgencia, limitando el derecho de acceso a la justicia”, declaró.
La Asamblea del Pueblo Chontal advirtió que el trámite de los casos en línea profundiza la brecha que existe entre los pueblos indígenas, y la administración de justicia en el país.
La falta de servicios de luz, Internet e infraestructura digital, “hacen imposible seguir un juicio en línea en el contexto de nuestras comunidades”, acusó.
Por ello, demandó al Juzgado Cuarto de Distrito, con sede en San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, la atención urgente del recurso de revisión interpuesto el 7 de julio pasado, contra la sentencia dictada en el amparo 1208/2018, respecto del que acordó reservar los escritos de impugnación “hasta una vez que se reanuden los plazos de forma regular”.
“Consideramos que la protección del territorio indígena chontal, frente a la inconstitucional Ley Minera, deber ser un caso prioritario y urgente. Es importante que los criterios actuales de atención a casos sean revalorados por el poder judicial, ya que, de permanecer en lo subsecuente, nuestro expediente no tendría fecha cierta para ser atendido, dada la prolongada suspensión de actividades en dicho órgano, misma que ha sido reiterada en sus acuerdos generales”, señaló la Asamblea del Pueblo Chontal.
Esta demanda también es firmada por las autoridades de la comunidad de Santa María Zapotitlán, Santa María Ecatepec y Yautepec.