"A esa persona que la aventó de esa manera… la vida se lo cobrará… no es justo abandonar un ser vivo que confío en esa persona porque nos imaginamos fue su dueño…", cita la publicación.

I. Dolosamente realice actos de sufrimiento que no lleven a una muerte inmediata del animal vertebrado.
II. Cause lesiones que pongan en peligro la vida del animal vertebrado.
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