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Fiscalía de Oaxaca ejecuta primer orden de aprehensión por desplazamiento arbitrario en la Mixteca

Se trata del presidente del Comisariado de Bienes Comunales de Yolotepec; sería el primer caso tras la aprobación de la ley contra el desplazamiento forzado en Oaxaca

Presidente del Comisariado de Bienes Comunales de Yolotepec, Oaxaca. Foto: Especial
04/11/2025 |17:38
Juana García
Corresponsal EL UNIVERSAL Oaxaca Ver perfil

Tlaxiaco.– Tras los hechos violentos registrados entre las comunidades de Santa María Yolotepec y Santiago Yosondúa, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) ejecutó una orden de aprehensión a F. V.J, presidente del Comisariado de Bienes Comunales de Yolotepec, por desplazamiento arbitrario; sería el primer caso tras la aprobación de la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno en Oaxaca.

La Fiscalía dio a conocer este martes 4 de noviembre de 2025 que la orden de aprehensión de Florentino Velasco se dio como una detención legal, por el delito de "desplazamiento arbitrario y otros delitos por hechos derivados de un conflicto agrario” entre las comunidades de Santa María Yolotepec y Santiago Yosondúa, en la región Mixteca.

La detención del representante agrario es el primer proceso que se inicia en Oaxaca por el delito de desplazamiento arbitrario, tras la aprobación de la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno aprobado a principios del mes de septiembre del 2025.

Informó que, de acuerdo con las investigaciones, los primeros hechos violentos ocurrieron desde el pasado 18 de agosto, mismo que no han cesado. Sin embargo, el conflicto escaló del 30 de octubre al 1 de noviembre, donde dos personas perdieron la vida por arma de fuego.

“Como resultado de las investigaciones ministeriales emanadas de los trabajos en campo durante un operativo interinstitucional se obtuvo una orden de aprehensión emitida por un juez, la cual permitió la detención de F.V.J. por el delito de desplazamiento arbitrario y otros delitos quien quedó a disposición de la autoridad competente para determinar su situación jurídica”, explicó en un comunicado la Fiscalía.

De acuerdo al artículo 80 de la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno en Oaxaca, se considera delito el desplazamiento arbitrario al que, de manera arbitraria, sin derecho o fundamento legal alguno, mediante actos de violencia, amenazas, acciones intimidatorias, hostigamiento, mal uso del poder público realizados contra una persona, grupo de personas o familias, ocasione que uno o varios de sus miembros, se vean forzados u obligados a salir, escapar o a huir de su lugar de origen.

De acuerdo a la ley, se le impondrá una pena de prisión de 10 a 18 años y mil a 2 mil días UMA de multa a los responsables de este delito.

La pena se agrava hasta una tercera parte del máximo cuando el delito sea cometido por servidores o servidoras públicas, se empleen armas de fuego, previo o durante el desplazamiento arbitrario se amenace o se cometan delitos que atenten contra el derecho al normal desarrollo psicosexual de las mujeres.

En este sentido, en conferencia de prensa el titular de la Secretaría de Gobierno de Oaxaca (SEGO), Jesús Romero López, dio a conocer que las autoridades de Santa María Yolotepec reconocían desplazar a las familias de Buenavista, Yosondúa de su lugar de origen.

Hechos que ocurrieron el pasado 18 de agosto del 2025, donde además un grupo armado incendió varias casas y vehículos. Hasta la fecha, las familias que huyeron de sus casas se encuentran refugiadas en la cabecera municipal de Yosondúa en condiciones indignas.

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