El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) resolvió que en el municipio de San Vicente Coatlán vive un sistema de violencia grave que pone en riesgo la vida y la seguridad de las mujeres que desempeñan un cargo público en esta población de la Sierra Sur del estado.

De acuerdo con la sentencia del TEEO, esta violencia es resultado del conflicto agrario que mantiene desde 1970 con la comunidad de Villa Sola de Vega, y en el que ambas comunidades se disputan 19 mil 600 hectáreas.

Sin embargo, desestimó que exista violencia política por razón de género hacia las mujeres, discriminación o actitudes sancionadoras en la actuación de las autoridades en la denuncia presentada por una regidora suplente de ese ayuntamiento indígena que se rigen por sistemas normativos internos.

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Y rechazó que exista intención discriminatoria por cuestión de género o de edad hacia las mujeres de esa comunidad por parte de los integrantes del cabildo municipal de San Vicente Coatlán, Ejutla, Oaxaca.

En esta comunidad, una regidora suplente que solicitó proteger sus datos, denunció a integrantes del ayuntamiento de San Vicente Coatlán por violencia política contra las mujeres por razón de género. Entre los hechos denunciados, señaló actos de obstrucción al ejercicio del cargo, desvalorización de sus opiniones por su condición de persona joven y la asignación de actividades de limpieza que consideró como una medida sancionatoria.

En su sentencia, el TEEO declaró inexistente la violencia política contra las mujeres por razón de género, porque aseguró que los hechos denunciados no fueron impuestos como una sanción relacionada al hecho de ser mujer o a su edad, "sino que correspondieron a dinámicas comunitarias definidas y tampoco tuvieron como finalidad limitar o afectar el ejercicio del cargo de la regidora suplente".

El Tribunal, argumentó en la sentencia, que la violencia sistemática que prevalece por el conflicto agrario ha provocado una reestructuración interna en la organización de funciones para garantizar la vida y seguridad de sus habitantes, y en especial el de las mujeres.

“De acuerdo al análisis realizado declaró inexistente la violencia política contra las mujeres por razón de género y de actos de obstrucción al ejercicio del cargo, desvalorización de sus opiniones por su condición de persona joven y la asignación de actividades de limpieza que la demandante consideró como una medida sancionadora por parte de las autoridades de ese ayuntamiento”.

Y determinó que las acciones aplicadas dentro del municipio responden a las condiciones extraordinarias de violencia por el conflicto agrario y están orientadas a garantizar la vida y seguridad de las mujeres que desempeñan un cargo público.

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