Despedidos del SAT no serán defendidos por el sindicato

Miembros del gremio dicen que se “mantienen alerta”; no pueden ayudar a los empleados de confianza, declaran

Foto: Juan Carlos Reyes / El Universal
Nación 23/12/2018 10:00 Astrid Rivera Ciudad de México.- Actualizada 10:03

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Trabajadores de base no han sido despedidos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), dijeron fuentes del Sindicato Nacional de Trabajadores de Hacienda.

Aseguraron a EL UNIVERSAL que los empleados sindicalizados no han sido afectados por los despidos; explicaron que se “mantienen alerta” para evitar que los compañeros de base sean separados de su cargo.

Resaltaron que sus colegas de confianza no están afiliados al sindicato, por lo que no pueden intervenir en su defensa o en la reinstalación de su puesto. Destacaron que los empleados por honorarios son contratados para prestar algún servicio y pueden ser despedidos en cualquier momento sin ningún tipo de indemnización, ni el pago de aguinaldo ni vacaciones.

“Los trabajadores de confianza no tienen ningún beneficio y pueden ser despedidos en cualquier momento. A ellos no los rige la ley que a los trabajadores de base al servicio del Estado, uno de base cuando es despedido injustificadamente es cuando el sindicato los defiende; sin embargo, cuando es de confianza no lo tienen”, señalaron. Especialistas pidieron modificar la legislación laboral para brindar mayor protección a los sujetos de confianza y evitar su despido sin ningún tipo de indemnización.

Ante el despido de cientos de trabajadores del Servicio de Administración Tributaria, abogados laborales consultados por EL UNIVERSAL consideraron que esta coyuntura debe aprovecharse para regular a este tipo de empleados y que se les otorguen las prestaciones de los compañeros asalariados.

Piden nueva legislación laboral. Arturo Alcalde, abogado laboral, explicó que se requiere de una nueva legislación laboral en la que se regule al apartado B de la Constitución, puesto que en la actualidad los colegas por honorarios no cuentan con ningún tipo de prestación. Sólo cuentan con el pago de sus honorarios y la atención médica en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Recomendó a los compañeros tratar de establecer el diálogo con las instituciones, a fin de llegar a un acuerdo para el pago de una indemnización mientras consiguen un nuevo empleo. Resaltó que aunque hay un seguro de desempleo para los empleados de dependencias federales, no es obligatorio su pago, sino que dependen de la institución y generalmente sólo se aplica para puestos de jefaturas o direcciones de área.

Sin protección. Javier Aguilar, catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), destacó que los trabajadores de confianza no están respaldados por un contrato, lo que dificulta la defensa de sus derechos. Además, enfatizó la necesidad de regular esta forma de contratación en los lugares.

Comentó que al carecer de un contrato, la única opción que tiene este tipo de trabajadores es organizarse para presentar una demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), pero indicó que se trata de un proceso largo.

“Así pueden pelear por sus derechos para que les paguen una indemnización, mientras encuentran otro empleo; sin embargo, son procesos muy tardados, lo mejor es que se organicen”, dijo.

Manuel Fuentes Muñiz, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), consideró a este tipo de trabajadores como los “más desprotegidos”, porque pueden ser separados de su cargo sin ninguna prestación. Comentó que únicamente pueden obtener el pago de sus honorarios.

“Un trabajador de confianza que es separado no tiene derecho a ninguna indemnización ni indemnización ni reinstalación, porque los contratan por honorarios. El tema es que la parte grave de esto radica en que se están coartando sus garantías laborales”, dijo el experto de la UAM.

Comentó que durante muchos años las instituciones han contratado a personal por honorarios.

Resaltó que este tipo de sujetos suelen laborar en áreas operativas, incluso en horarios superiores a la jornada de ocho horas.

“Estos trabajadores son aquellos que cumplen un horario desde las nueve [de la mañana] y se van hasta las 10 de la noche. Están en las áreas operativas y son quienes sostienen la estructura de las instituciones, sin contar con ningún tipo de prestación, son los más desprotegidos”, subrayó. Destacó que los empleados de confianza despedidos pueden presentar una demanda ante la JFCA o buscar el amparo de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), aunque es un proceso que puede durar hasta ocho años.

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