En el documento se establece que la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión se realizará a través de procesos de selección a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales y considerarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos.
Los nombramientos derivados de estos procesos sólo se otorgarán en términos de la ley. Lo dispuesto en este párrafo en ningún caso afectará la permanencia de las maestras y los maestros en el servicio.
También, hasta que el Congreso de la Unión no expida la Ley en materia de Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, “queda suspendida cualquier evaluación y permanecerán vigentes las disposiciones que facultan a la actual Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente de la SEP.
Además, se suspenden los actos por la aplicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente que afectaron la permanencia de las maestras y maestros en el servicio.
Con este dictamen, se estaría eliminando al primer órgano autónomo que es el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) y se derogan todas las disposiciones contenidas en las leyes secundarias y quedan sin efectos los reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general.
En lugar del INEE, se crea el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, que será coordinado por un organismo público descentralizado, con autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propios, no sectorizado.