Insuficiente, la Ley de Protección Animal

Oaxaca fue la última entidad en elaborar y aprobar una ley estatal de protección animal

Seguridad 26/06/2017 18:33 Redacción Actualizada 18:33

Aunque desde 2015 en la entidad existe la Ley de Protección Animal en Oaxaca, en la cual se estipula un castigo de hasta cuatro años de cárcel a quien maltrate o violente a un animal, la Fiscalía General de Justicia del Estado sólo cuenta con una denuncia sobre este tipo de casos, pero con ninguna setencia hasta el momento.

Oaxaca fue la última entidad en elaborar y aprobar una ley estatal de protección animal. Hasta mayo del 2015, el estado no contaba con un andamiaje legal que castigara o sancionara estas conductas, por lo que el maltraro no se consideraba un delito, tipificación que sí alcanzaba en 16 entidades, mientras que en las 15 restantes constituía una falta administrativa. 

Fue hasta el 30 de septiembre del 2015 que entró en vigor la Ley de Protección animal, en la cual, por primera vez, se contemplan sanciones de prisión y y multas de hasta mil 500 salarios diarios para quien lastime, asesine, o utilice para fines sexuales a animales. 

Fue LXII legislatura local la que aprobó la reforma al Código Penal de Oaxaca para tipificar el delito de maltrato animal. La iniciativa fue presentada por la diputada Leslie Jiménez del Partido Acción Nacional (PAN), Carlos Vera Vidal del Verde Ecologista (PVEM) y Adolfo García Morales del Partido Social Demócrata (PSD.

Antecedentes. El caso de la perrita Luna no es único en su tipo. El 12 de febrero de 2016 un sujeto fue sorprendido en flagrancia cuando arrastraba a un can amarrado de la defensa trasera de su vehículo. Se trató del primer detenido por el delito de maltrato animal. 

Según los hechos, el hombre llevaba amarrado de una cadena a un perro, el cual sangraba de sus de sus extremidades. El detenido dijo ser el propietario y mencionó que estaba castigando al animal porque había sacado a pasear al animal y al no controlarlo, el perro arrastró al supuesto dueño, provocando una lesión, dijo el detenido, quien fue presentado ante el Agente del Ministerio Público.

Posteriormente, el verdadero dueño se presentó al MP, acredito la propiedad del perro y se negó a presentar de lanuncia o exigier la reparación del daño, por lo que la Fiscalía General lo dejo en libertad.

 Según la ley vigente, en este caso, como el de la perrita Luna, los agresores deberían pagar una multa de cien a mil días de salario mínimo, siempre que exista la denuncia pertinenete pues el artículo 417 del Código Penal señala que este delito será perseguido “por querella, salvo que se cometan por el propietario”, o que el animal carezca del mismo. Si ese fuera el caso, el delito debería ser perseguido por oficio. 

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