Aprueba IEEPCO registro de Fuerza por México como partido local en Oaxaca
El partido Fuerza por México obtuvo 2.686% de la votación válida emitida de diputaciones y 3.758% de la votación válida emitida de concejalías en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021
Oaxaca de Juárez.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó el registro de Fuerza por México como partido local tras lograr 3.75% de la votación válida emitida en las elecciones municipales de 2021.
Una vez aprobado el acuerdo por mayoría de votos, con la votación en contra de las consejeras Carmelita Sibaja Ochoa, Zaira Alhelí Hipólito López y Nayma Enríquez Estrada, se ordenó expedir la constancia de registro correspondiente.
Además de notificar la resolución a la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes para que realice la redistribución del financiamiento público local que se otorgará a los partidos políticos acreditados y con registro para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y específicas.
Entre los argumentos para aprobar el registro, se señaló el Artículo 95 de la Ley General de Partidos Políticos, en el que se establece que si un partido político nacional pierde su registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso electoral ordinario federal, podrá optar por el registro como partido político local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior en la que participó obtuvo por lo menos 3% de la votación válida emitida.
También establece que por lo menos debió postular candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos, condición con la cual se le tendrá por cumplido y acreditado el requisito del número mínimo de militantes con que debe contar.
El partido Fuerza por México obtuvo 2.686% de la votación válida emitida de diputaciones y 3.758% de la votación válida emitida de concejalías en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021; la legislación electoral no refiere a un tipo de elección en específico, mucho menos imponen como requisito indispensable que este umbral debe ser cumplido en más de una elección o bien en alguna o cualquiera de ellas.
En el acuerdo también se aprobaron los documentos básicos de Fuerza por México Oaxaca, y se le concedió un plazo de sesenta días naturales para que subsane las omisiones detectadas en los estatutos y la adecuación de su reglamentación de carácter interno, “con el apercibimiento que en caso de incumplir lo anterior, se estará a lo dispuesto por la normatividad general y local aplicable”.
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