Suprema Corte declara inconstitucional “ley antiunicel” aprobada por diputados de Oaxaca
Los magistrados afirmaron que no era competencia del Congreso de Oaxaca legislar en la materia; Horacio Sosa, diputado de Morena, acusó que dieron la espalda a Oaxaca
Oaxaca de Juárez.— Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales las reformas realizadas por los diputados locales de Oaxaca a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos para el Estado de Oaxaca, con las que se prohíbe la venta de envases, embalajes u otros productos de un solo uso, elaborados con PET (tereftalato de polietileno) o unicel (poliestireno expandido).
De acuerdo con los ministros, las fracciones XI y XII del artículo 98 de la Ley son inconstitucionales, por invadir la competencia de la Federación en ese ámbito y por no ajustarse a lo dispuesto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a la política nacional en materia de gestión integral de residuos sólidos urbanos de manejo especial.
Es decir, según los ministros de la Corte no corresponde o no es facultad de los legisladores del Congreso de Oaxaca prohibir el uso de desechables de unicel y de bolsas de plástico, y de envases de PET.
La reforma a Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos para el Estado de Oaxaca realizada en 2019 establecía la prohibición de vender, distribuir o emplear envases de un solo uso elaborados con tereftalato de polietileno (PET) destinados al agua u otras bebidas, salvo que sean destinados para fines médicos, educativos o para la atención humanitaria, y la prohibición de vender, distribuir o usar envases, embalajes u otros productos de un solo uso elaborados con poliestireno expandido (unicel).
Esto implicaba la prohibición de vender bebidas de las empresas refresqueras trasnacionales, nacionales y locales, quienes utilizan principalmente el PET para sus productos; también propició que en las tiendas se dejara de ofrecer bolsas de plásticos para los productos que se adquirían en centros comerciales.
Algunas empresas, entre ellas FEMSA, interpusieron amparos y controversias constitucionales contra estas nuevas disposiciones.
“Dicho asunto fue resuelto por unanimidad de cuatro votos, motivo por el cual, constituyó jurisprudencia por precedente obligatorio. En ese sentido, cuando el Pleno o las Salas determinan la inconstitucionalidad de una norma general, se procede a notificar a la autoridad emisora, para que en el plazo de 90 días supere el problema de inconstitucionalidad”, informó en un comunicado la SCJN.
Horacio Sosa, diputado de Morena y promotor de esta iniciativa, criticó la sentencia de los ministros con la que se invalida la ley anti desechables propuesta por él y aprobada en 2019 en Oaxaca.
“La decisión de la SCJN pone en evidencia su postura sumisa frente al poder económico de las grandes empresas, a las que ahora se les da luz verde para seguir distribuyendo en Oaxaca productos en envases de un solo uso fabricados con PET y Unicel”, aseguró mediante un comunicado.
El legislador morenista acusó a los ministros de darle “la espalda a México y Oaxaca” y de ignorar los esfuerzos que desde las comunidades se hacen para preservar y defender el medio ambiente.
“No tomaron en cuenta el principio pro persona, y privilegiaron el interés económico de las empresas. Ignoraron los ejemplos de comunidades en donde hace años está prohibido el uso de desechables de unicel y bolsas de plástico”, señaló.
Recordó que la adición de las fracciones XI y XII y la reforma aprobada al artículo 98 a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos en Oaxaca, conocida como “Ley anti desechables” fue aplaudida por organizaciones ambientalistas y por países europeos.