Por actos de proselitismo con la emergencia por coronavirus, IEEPCO advierte sanciones

La institución advierte que los actores políticos pueden ser acreedores a sanciones que comprenden desde la amonestación hasta la cancelación del registro como partido local

Por actos de proselitismo con la emergencia por coronavirus, IEEPCO advierte sanciones
Foto: Cortesía IEEPCO
Política 09/04/2020 12:44 Juan Carlos Zavala Oaxaca Actualizada 12:44

Oaxaca de Juárez—. El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) exhortó a los actores políticos a abstenerse de realizar actos de proselitismo político y cualquier acto de promoción personalizada en medios de comunicación y redes sociales, usando la emergencia sanitaria por la propagación del coronavirus Covid-19.

Durante la sesión extraordinaria realizada la tarde de ayer, los consejeros electorales precisaron que no deben realizar proselitismo con la entrega de productos básicos o de salud que contengan propaganda electoral; lo cual implique la utilización de nombres, colores, imágenes, sonidos o cualquier distintivo que haga alusión a personas, asociaciones, sociedades, empresas, sindicatos, confederaciones, administraciones municipales o partidos políticos.

En el documento les exhorta a conducirse dentro de los cauces legales y abstenerse de todo tipo de propaganda que implique el nombre de personas, asociaciones, sociedades, empresas, sindicatos, confederaciones, administraciones municipales o partidos políticos, en caso de distribuir productos básicos o de salud —independientes de programas sociales— a la ciudadanía

Además, solicita abstenerse de recurrir a cualquier acto que tenga por objeto o resultado poner en riesgo la salud y orden público, así como de cualquier expresión o acto que implique promoción personalizada en medios de comunicación que tomen como base para su justificación la pandemia de Covid-19.

En el caso de los partidos políticos, además, deberán ajustar su conducta y la de sus militantes a los principios del Estado Democrático.

De la misma manera, IEEPCO advierte que de acuerdo con los artículos 317 al 322 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, los actores políticos pueden ser acreedores a sanciones que comprenden desde la amonestación hasta la cancelación del registro como partido local, o pérdida del registro de la candidatura para aquellos ciudadanos que pretendan acceder a un cargo de elección popular.

“Lo anterior, sin perjuicio de los procedimientos relativos a la fiscalización de recursos públicos o en materia penal que llegaren a configurarse”, finaliza.

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