Determina Tribunal Electoral de Oaxaca que 3 ediles ejercieron violencia contra regidoras

En los tres casos, los magistrados del tribunal ordenaron la reparación integral de los daños causados a las regidoras

Determina Tribunal Electoral de Oaxaca que 3 ediles ejercieron violencia contra regidoras
Foto: Archivo. EL UNIVERSAL
Política 19/01/2021 20:37 Juan Carlos Zavala Actualizada 20:37

Oaxaca de Juárez.— La presidenta y presidentes municipales de Villa Tejupam de la Unión, San Juan Cacahuatepec y San Cristóbal Amatlán ejercieron violencia política en razón de género en contra de tres regidoras, cada una de sus respectivos ayuntamientos, resolvieron los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO).

En la sentencia, determinaron que Leticia Bautista Sánchez, presidenta municipal de Villa Tejupam de la Unión, es responsable de vulnerar los derechos de la concejal Patricia Mendoza Guzmán, porque la regidora no fue convocada a sesiones de Cabildo.

De acuerdo con la resolución correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales con clave JDC/71/2020, tampoco le fueron pagadas las dietas durante más de un año y se entorpeció su acreditación ante la Secretaría General de Gobierno (Segego).

En el caso del juicio número JDC/93/2020, el TEEO declaró fundados los agravios relativos a la violencia política en razón de género que denunció la regidora de Ecología del municipio de San Juan Cacahuatepec.

“Se advierte la comisión de violencia simbólica e institucional, en virtud de haber sido invisibilizada la actora por parte del presidente municipal, Pedro Abelardo Baños, e integrantes del citado ayuntamiento, situación que la motivó a presentar su licencia y posteriormente, su renuncia”, señaló.

Finalmente, en el caso de San Cristóbal Amatlán, Celula García Hernández, la regidora de Vialidad, denunció actos y omisiones tendientes a obstruir sus funciones, sin otorgarle el derecho de audiencia para defenderse.

El TEEO confirmó que Maximiliano García Cruz, presidente municipal, e integrantes del Cabildo ejercieron violencia política en razón de género contra la concejal, porque fue revocada del cargo en una asamblea comunitaria celebrada en septiembre de 2020, sin cumplir con los procedimientos legales establecidos.

La asamblea, expone la sentencia, fue violatoria de derechos humanos, “pues no se advierte que quienes participaron hubiesen tenido conocimiento de los hechos por los que se pretendía retirar del cargo a la Regidora de Vialidad”.

En los tres casos, los magistrados del TEEO ordenaron la reparación integral de los daños causados a las regidoras.

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