Impugna aspirante a candidatura independiente por Oaxaca de Juárez requisitos de apoyo ciudadano

La impugnación en específico es contra los lineamientos establecidos por el IEEPCO para recabar y presentar el apoyo ciudadano a través de la aplicación móvil creada por el INE

Impugna aspirante a candidatura independiente por Oaxaca de Juárez requisitos de apoyo ciudadano
Foto: Especial
Política 20/01/2021 16:21 Juan Carlos Zavala Oaxaca Actualizada 16:21

Oaxaca de Juárez.— El aspirante a una candidatura independiente por la presidencia municipal de Oaxaca de Juárez, Emilio Ricardo Morales Cruz, impugnó los lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para el registro de candidaturas independientes a diputaciones y concejalías de los ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos políticos.

La impugnación en específico es contra los lineamientos establecidos por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) relativos al procedimiento para recabar y presentar el apoyo ciudadano a través de la aplicación móvil creada por el Instituto Nacional Electoral (INE).

“Es decir, el uso del portal web y el uso de la aplicación móvil a través de auxiliares para recabar el apoyo de la ciudadanía y la obtención del mismo, y como consecuencia directa de ello, los plazos para recabar el referido apoyo”, señala el documento interpuesto ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO).

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Una de las inconformidades con los lineamientos que presentó es que no toma en cuenta la pandemia por Covid-19, aunque hagan referencia a ella, porque los pone en riesgo sanitario al entrevistar a las personas en busca del apoyo ciudadano al prohibir las concentraciones físicas que los obliga a acudir casa por casa, con un riesgo de contagio alto.

El segundo agravio, señaló, es la omisión del IEEPCO de solicitar al INE la liberación de una nueva modalidad de la aplicación para la obtención del apoyo ciudadano sin la mediación de auxiliares y sin tener que salir de su hogar.

La tercera inconformidad es el plazo de 30 días que se les dio para obtener ese apoyo ciudadano, lo cual limita su derecho a participar para votar y ser votado, por lo que exige una ampliación en los plazos.

Igualmente, señala la desinformación ciudadana sobre el procedimiento para recabar apoyo; sobre todo, porque también se violenta lo dispuesto en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca que establece que la autoridad responsable tiene el deber de fomentar el ejercicio de los derechos político-electorales del ciudadano, así como promover y difundir la educación cívica y la cultura democrática.

Y finalmente, impugnó los lineamientos por la deficiencia de la aplicación del INE para recabar el apoyo ciudadano, ya que no proporciona asistencia técnica cuando presenta fallas.

En su impugnación, Ricardo Morales solicitó a los magistrados del TEEO que revoquen los lineamentos del IEEPCO para la verificación del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para el registro de candidaturas independientes a diputaciones y concejalías de los ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos políticos.

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