Emite Congreso local seis exhortos a municipios con denuncias por violencia política contra mujeres

Diversos municipios han sido denunciados por amedrentar a mujeres que ostentan u ostentaron cargos públicos dentro de los ayuntamientos, a través de otros funcionarios o de terceras personas

Emite Congreso local seis exhortos a municipios con denuncias por violencia política contra mujeres
Foto: Congreso de Oaxaca
Política 22/07/2020 12:10 Christian Jiménez Oaxaca Actualizada 12:10

Legisladores locales demandaron a ayuntamientos abstenerse de realizar actos que puedan configurarse como violencia política por razón de género contra mujeres, integrantes de los cabildos de seis municipios: Huajuapan de Léon, Tezoatlán de Segura y Luna, Santa Lucía del Camino, Santiago Atitlán Mixe, Ayotzintepec y Matías Romero.

Lo anterior fue informado en un comunicado, toda vez que diversos municipios han sido denunciados por amedrentar a mujeres que ostentan u ostentaron cargos públicos dentro de los ayuntamientos, a través de otros funcionarios o de terceras personas.

Los cabildos podrían ser sancionados con la declaración de la suspensión o desaparición del ayuntamiento , así como la suspensión o revocación del mandato de uno o más de sus integrantes.

El primer exhorto se dirigió al agente suplente y secretario, respectivamente, de la Agencia de Policía de Santa Teresa, así como a los integrantes del cabildo de Huajuapan de León. 

En enero pasado, el Tribunal estatal dictó medidas cautelares en favor de Juliana Guillermina Rivera Bravo, agente electa el pasado 28 de diciembre en dicha comunidad, quien denunció violación a sus derechos político-electorales y violencia de género, pues agente suplente, Miguel Carrasco, no le permite tomar posesión de su cargo.

Un llamado similar se realizó a la presidenta municipal y concejales de la Heroica Villa de Tezoatlán de Segura y Luna, para evitar cualquier acto de molestia en contra de la ciudadana, Mariela Martínez Rosales, quien se desempeñaba como regidora de esa localidad.

Dichos exhortos se emitieron con base en la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.

El Congreso requirió a servidoras y servidores públicos de Santiago Atitlán, abstenerse de realizar acciones contra las ciudadanas, Rosalina Castillo López y Emma Ortega Castañeda, regidora de Hacienda y de Obras de esa población.

A los integrantes del ayuntamiento de Ayozintepec, en la región de Tuxtepec, el Poder Legislativo demandó frenar conductas lesivas en perjuicio de Martha María López Angulo y Ana Cruz Pacheco, ya sea de manera directa o través de otras personas. 

En el mismo tenor, se emitió el exhorto hacia el edil de Matías Romero Avendaño, a evitar actos que puedan configurarse como violencia política en razón de género.

Para garantizar la gobernanza en Santa Lucía del Camino, la 64 Legislatura estatal llamó a integrantes de su administración pública para que observen una actitud de respeto frente a la pluralidad de ideas y de actores sociales, así como cumplir las funciones establecidas en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

En tanto, convocaron a la Secretaría General de Gobierno, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales —dependiente de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca—, el Centro de Justicia para las Mujeres, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, la Secretaría de Mujeres de Oaxaca, y la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, para atender de manera coordinada y salvaguardar los derechos humanos y políticos de las mujeres afectadas.

A finales de mayo, integrantes de la 64 Legislatura aprobaron un paquete de reformas para garantizar la participación de las mujeres en procesos electorales en toda la entidad, y en su caso, sancionar actos de violencia política por razón de género.

A partir de estas reformas y adiciones al Artículo 114 Bis de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, y al Artículo 9 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, quedó establecida la violencia política en razón de género como causal para anular una elección, cuando se acredite que el candidato que cometió el acto haya resultado ganador.

Además, con una reforma a la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, su objetivo fue de regular hechos y conductas que, tradicionalmente, no fueron contempladas o sancionadas por la Ley.

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