Por violencia política de género, edil de Santa Lucía del Camino no podrá buscar reelección

Además, el TEPJF ordenó al INE crear una lista que contenga los nombres de quienes hubieran incurrido en violencia política contra las mujeres

Por violencia política de género, edil de Santa Lucía del Camino no podrá buscar reelección
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Política 30/07/2020 19:54 Redacción Actualizada 19:55

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó ratificar, por mayoría de votos, la sentencia de junio pasado de la Sala Regional Xalapa en la que se confirma violencia política en razón de género por parte del edil de Santa Lucía del Camino, Dante Montaño Montero, en contra de la regidora Nallely Ortiz.

Además, en sesión pública este miércoles el TEPJF ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) crear una lista nacional que contenga los nombres de quienes hubieran incurrido en violencia política contra las mujeres, en sentencias firmes, para tomarla en cuenta en las próximas elecciones.

De esta manera, a partir de la ratificación del Tribunal federal se ordena la reinstalación de Nallely Ortiz a su cargo, y el edil morenista no podrá reelegirse en las siguientes elecciones.

Por discriminación, malos tratos incluso amenazas por parte de Dante Montaño, desde diciembre del año pasado Nallely Ortiz Jiménez interpuso una queja ante la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) así como al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), el cual declaró la inexistencia de misoginia y violencia política contra ella, ante una impugnación del edil.

Sin embargo, el pasado 3 de junio la Sala Regional Xalapa del TEPJF revirtió la determinación del Tribunal Estatal Electoral, por no considerar las pruebas presentadas por la funcionaria como muestra fehaciente de la denuncia por misoginia y violencia política en razón de género, de parte del presidente municipal de Santa Lucía del Camino, Dante Montaño Montero, así como de integrantes del Ayuntamiento.

En su momento, Nallely Ortiz declaró que la violencia política en su contra se originó por exigirle al munícipe cumplir en tiempo y forma con la realización de las sesiones de Cabildo —como lo marca la Ley Orgánica Municipal—; así también por mostrar su inconformidad cuando le impidieron la revisión del Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2020.

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“Iniciaron una serie de actos que buscaban impedir el desempeño de mi cargo. Desde el despido de personal adscrito a mi área, negación de mobiliario y material de oficina, cancelación de mi pago, hasta la humillación y discriminación tanto en público como en redes sociales y medios de comunicación”, detalló.  

Por ello, “debido a las acciones de invisibilización y obstrucción del cargo originadas por el edil” hacia ella, la Sala Xalapa decidió resolverlo a su favor. Esta semana, el Tribunal federal lo dictaminó, ordenó la reinstalación de Nallely Ortiz a su cargo, y dejó claro que este hecho deberá ser anotado en constancia para las próximas elecciones, es decir, Montaño Montero no podrá buscar una reelección.

No sólo eso, con la resolución de los magistrados se reforma la sentencia de la Sala Regional Xalapa para que, además de las listas que integren los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), el INE también integre una lista nacional de quienes han incurrido en violencia política en razón de género.

A partir de esta herramienta, declararon, se busca evitar la repetición de estas prácticas, y que este registro proporcione elementos a valorar en solicitudes para participar por alguna candidatura de elección popular, así como verificar si se cumplen los requisitos para su postulación; y, en consecuencia, pueda competir y registrarse para algún cargo de elección popular.

Asimismo, con este dictamen la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) está obligada a vigilar que Montaño Montero acate la sentencia, y con ello respete los derechos de la regidora, se le restablezca su personal y se le brinden las condiciones para laborar libre de violencia.

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