Aprueba IEEPCO 240 aspirantes a 25 Consejos Distritales para elección de diputados en Oaxaca

Las personas designadas tendrán la responsabilidad de realizar la preparación y desarrollo de los procesos electorales de los distritos uninominales para la elección de diputaciones al Congreso del estado.

Política 25/02/2021 23:26 Juan Carlos Zavala Oaxaca de Juárez Actualizada 23:36

En sesión extraordinaria urgente, este jueves el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó la lista de propuestas definitivas de aspirantes a conformar los 25 Consejos Distritales Electorales Locales que fungirán en el proceso electoral ordinario 2020-2021.

Durante esta sesión detalló que las personas aspirantes se registraron en línea, donde cargaron la documentación requerida desde el sistema de registro.

Al finalizar esta etapa contabilizaron un total de mil 49 solicitudes de registro de personas aspirantes para integrar los 25 Consejos Distritales Electorales (de la primera y segunda convocatoria); 813 personas concluyeron el proceso de registro en línea, distribuyéndose en 367 mujeres y 446 hombres.

Las 240 personas que fueron designadas para integrar los 25 Consejos Distritales Electorales Locales tendrán la responsabilidad de preparar y desarrollar los procesos electorales en los distritos uninominales para la elección de diputaciones al Congreso del estado.

De acuerdo con proyecto de dictamen que contiene las propuestas definitivas para la integración de los 25 Consejos Distritales Electorales, se verificó el cumplimento y acreditación de cada una de las etapas establecidas en la convocatoria.

Además de recibir la propuesta del dictamen de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación del Instituto Nacional Electoral (INE), señaló el Consejo General del IEEPCO, también se detalló la justificación, el análisis de idoneidad, y capacidad de cada una de las personas aspirantes.

Informó que también se consideraron los criterios de paridad de género, pluralidad cultural de la entidad, participación comunitaria o ciudadana, prestigio público y profesional, compromiso democrático, conocimiento en la materia electoral y no discriminación, a fin de contar con órganos desconcentrados idóneos y con perspectiva intercultural y de género.

“La ley establece que estos órganos desconcentrados se integrarán con las representaciones de los partidos políticos, y en su caso de candidaturas independientes, con los siguientes integrantes: una presidencia, con derecho a voz y voto; cuatro consejerías electorales propietarios con sus respectivos suplentes, con derecho a voz y voto; y una secretaría, con voz, pero sin voto”.

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