El documento establece que para la candidatura a la gubernatura se necesitará, cuando menos, la firma de una cantidad de ciudadanas y ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al estado y la cual es de 2 millones 997 mil 840 electorales, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección.
También señala que este apoyo ciudadano debe estar integrado por electores de por lo menos 13 de los 25 distritos electorales locales y en ningún caso el porcentaje de la cédula de respaldo en los 13 distritos electorales locales será menor al 1% de la ciudadanía que figure en la lista nominal de electores de cada distrito.
Además, los aspirantes deben crear una asociación civil, dar de alta ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) el Registro Federal de Contribuyentes de la asociación civil y abrir una cuenta bancaria, entre otros requisitos.
La asamblea debe celebrarse conforme al sistema normativo de la comunidad que lo postula, cumpliendo con los requisitos que establece el artículo 21 de los Lineamentos de Candidaturas Independientes del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Una vez realizada la asamblea, la persona que hubiere sido postulada deberá, dentro del plazo comprendido del 11 al 28 de febrero del 2022, crear una asociación civil, darla de alta ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y abrir una cuenta bancaria, entre otros requisitos.