Desecha TEEO impugnación contra edil electo de Villa de Mitla, Oaxaca; remiten caso al TEPJF
La impugnación desechada fue promovida por Luis Armando Olivera López, candidato del PAN-Nueva Alianza a la presidencia municipal de San Pablo Villa de Mitla
Oaxaca de Juárez.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) desecharon la impugnación promovida contra Esaú López Quero, presidente municipal electo por el PRI-PRD de San Pablo Villa de Mitla, bajo el argumento de que rebasó el tope de gastos de campaña.
La impugnación desechada fue promovida por Luis Armando Olivera López, candidato del PAN-Nueva Alianza a la presidencia municipal de San Pablo Villa de Mitla.
Según los magistrados, en este caso se actualiza “el principio de preclusión al intentar el actor ejercer el derecho de acción por más de una vez, para impugnar actos relacionados con la nulidad de la elección municipal”.
Olivera López, presentó dos controversias ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) por la elección de Villa de Mitla, por la causal relacionada con el rebase en el tope de gastos de campaña.
El TEEO determinó que el ejercicio de la acción procesal electoral se agotó en el instante de la presentación del escrito inicial de demanda correspondiente al Recurso de Inconformidad identificado con la clave RIN/EA/112/2021.
Es por eso que los magistrados resolvieron remitir el caso a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en conjunto con los expedientes RIN/EA/77/2021 y RIN/EA/78/2021, también relativos a la elección de Mitla, para que se pronuncie al respecto.
El 14 de septiembre de 2021, el Instituto Nacional Electoral (INE) sancionó a los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) por el rebase del tope de gastos de campaña de su candidato a la presidencia municipal de San Pablo Villa de Mitla, Esaú López Quero, quien resultó ganador de la contienda el pasado 6 de junio de 2021.
Con esta sentencia, el Partido Acción Nacional (PAN) impugnó los resultados de la elección en este municipio de Oaxaca, con lo que busca la nulidad de la elección por el rebase de topes de gastos de campaña.
La resolución del órgano electoral se debe a un ordenamiento de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el que le pide fiscalizar con mayor exhaustividad los gastos de campaña de Esaú López, tras la impugnación que interpuso el Partido Acción Nacional (PAN) y entonces candidato Luis Armando Olivera López.
El INE encontró que el candidato del PRI y el PRD no registró los gastos por concepto de valla móvil, diseño de página web, diseño gráfico para publicidad en internet, lona, producción de spot, 8 playeras rojas, toro mecánico, juego inflable, equipo de sonido consistente en bocinas, moderador, perifoneo, dos banderas, entarimado y alquiler del Auditorio Municipal, atentando a lo dispuesto de la Ley General de Partidos Políticos y del Reglamento de Fiscalización.
El monto involucrado en la conclusión sancionatoria asciende a 41 mil 375.08 pesos. “Así, la sanción a imponerse al sujeto obligado es de índole económica y equivale al 100% sobre el monto involucrado de la conclusión sancionatoria, a saber, de $41,375.08 (cuarenta y un mil trescientos setenta y cinco pesos 08/100 M.N.)”.