“La actitud procesal del PRI que tampoco cuestiona por vicios propios el cómputo municipal de la elección ni controvierte la validez o contenido de las actas que sirvieron de base para la reconstrucción del cómputo, incluso se inconforma con la declaración de nulidad, pues su pretensión es que se lleve a cabo un recuento de la votación.
“Todo ello valorado de manera contextual, con las circunstancias extraordinarias que se encuentran acreditadas, suficiente grado de certeza, los resultados de la elección tienen una base fidedigna, que permiten sostener la validez en la elección, en atención al principio de conservación de los actos públicos válidamente celebrados”, concluyó el TEPJF.
La Sala Superior en pleno reconoció que sí existieron diversas circunstancias atípicas que impidieron el normal desarrollo del cómputo municipal, no obstante no son suficientes para desvirtuar la validez de las actas electorales, mismas que sirvieron de base para la reconstrucción del cómputo, motivo por el cual ratificaron la validez de la votación.
“Se recupera el triunfo en Salina Cruz, Oaxaca para nuestro movimiento. ¡Muchas felicidades a Daniel Mendoza! Ganó la voluntad popular”.