El TEEO sancionan al presidente del PUP en Oaxaca por violencia política de género

El órgano electoral acreditó que Uriel Díaz Caballero cometió violencia política de género contra Carmen Rodríguez, secretaria de Alianza Estratégica del mismo partido

El TEEO sancionan al presidente del PUP en Oaxaca por violencia política de género. Foto: Especial
Política 13/01/2023 20:15 Redacción Actualizada 20:15

Oaxaca de Juárez.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) acreditó la violencia política contra las mujeres en razón de género atribuida al presidente del Partido Unidad Popular (PUP), Uriel Díaz Caballero, en contra de Carmen Rodríguez Martínez, secretaria de Alianza Estratégica del Comité Ejecutivo Estatal de ese partido.

“Por unanimidad, este órgano jurisdiccional dictó medidas de reparación, protección, satisfacción, no repetición y rehabilitación en favor de la actora, que incluye la inscripción del demandado en el registro de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, por un término de seis años, al haber sido reincidente”, señaló el tribunal en un comunicado.

La resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía, radicado bajo el número de expediente JDC/758/2022, refiere que esta determinación no desvirtúa el modo honesto de vivir, pero, advirtió, pudiera acreditarse ante el incumplimiento a la presente determinación.

“Resultan fundados los agravios relacionados con la obstrucción del ejercicio del cargo, lo anterior porque, del análisis de las constancias que obran en el expediente, se constató que el presidente del PUP fue omiso en erogarle, de manera completa, las dietas de su encargo; además de dotarle de espacio de oficina y herramientas para su desempeñ”.

Incluso, agrega la sentencia, no se le convocó a la actora, de manera consistente, a las asambleas del referido comité y se le compelía a realizar actividades diferentes a las atribuciones establecidas para la secretaría a su cargo.

Por otro lado, en el juicio con clave JDC/753/2022, el TEEO condenó al presidente y al secretario de Administración y Finanzas del Partido Unidad Popular al pago de las prestaciones adeudadas a la secretaria de Alianza Estratégica del Comité Ejecutivo Estatal.

En este asunto, determinó que a la actora le asiste el derecho de recibir las prestaciones que reclama, al quedar acreditada que le eran cubiertas previo a la presentación del juicio.

La resolución establece que el cobro de las prestaciones es un derecho irrenunciable por el desempeño de su función, proporcional a sus responsabilidades y que no podía ser cancelada o disminuida durante el tiempo en que desempeñe el cargo partidista.

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