Nueva Alianza y Verde perderán registro como partidos en Oaxaca; Unidad Popular, en dilema legal

Ambos partidos no alcanzaron el mínimo del 3% de votación; mientras que Unidad Popular, al ser un partido político indígena, alega que sólo necesita 2% como mínimo para conservar el registro

Nueva Alianza y Verde perderán registro como partidos en Oaxaca; Unidad Popular, en dilema legal. Foto: Archivo EL UNIVERSAL
Política 14/06/2022 11:08 Juan Carlos Zavala Actualizada 11:08

Oaxaca de Juárez.– Nueva Alianza Oaxaca (NAO) y Unidad Popular (PUP) están por debajo del límite establecido de votación requerida para conservar el registro como partido político local, según el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).

Mientras que el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) también perderá su acreditación ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), aunque en su caso conservaría el registro nacional; no obstante, el resultado impactará en el financiamiento estatal que recibe para actividades ordinarias.

La votación mínima requerida a los partidos para conservar el registro local es 3% de la votación válida emitida y aplica en las tres elecciones locales: gubernatura, diputaciones  y ayuntamientos.

Nueva Alianza, con menor votación

 

De los tres que perdería el registro, el que tuvo la menor votación fue Nueva Alianza, que ya no cuenta con acreditación nacional y  que postuló a Bersahín López López como candidato a la gubernatura de Oaxaca. Del total, obtuvo 18 mil 262 votos que representan 1.6%.

Mientras que el PUP, que se asume como un partido político indígena, alcanzó 31 mil 958 votos que representan  2.85%, y el PVEM, 24 mil 587, que representan 2.1% de la votación. Ambos partidos fueron parte de la coalición Juntos Hacemos Historia en Oaxaca, junto con Morena y el Partido del Trabajo, que postuló a Salomón Jara Cruz.

Rebasaron el mínimo

 

Los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC) apenas rebasaron el mínimo establecido de votos para conservar su registro. El primero, con 34 mil 708, alcanzó 3.07% de la votación y el segundo, con 36 mil 979, el 3.27%.

No es la primera vez que Unidad Popular está en riesgo de perder el registro como partido local. Apenas en las elecciones intermedias de 2021, en  las que se eligieron diputados federales, locales y presidencias municipales, tampoco alcanzó la votación válida emitida, pero una interpretación de la ley electoral le permitió, por  una mayoría de votos de consejeros del IEEPCO, conservar el registro.

Este instituto político ha argumentado que en su caso, al ser un partido político indígena, debe establecerse 2% como mínimo de votación.
Controversia legal.

"En dilema legal"

 

EL UNIVERSAL consultó a especialistas del órgano electoral local sobre la pérdida de registro de los partidos locales y nacionales y la acreditación ante el IEEPCO; ellos advierten un dilema legal y constitucional.

En primer lugar, porque la Constitución Política del Estado de Oaxaca establece que el mínimo de votación requerida para la conservación del registro como partido político es de 2%, pero la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPPEO) establece como mínimo 3%.

“Los partidos políticos locales con registro estatal y reconocimiento indígena mantendrán vigentes sus derechos y prerrogativas conforme a esta constitución política, siempre y cuando alcancen por lo menos el 2% de la votación válida emitida en la elección de Diputadas y Diputados al Congreso del Estado”, establece la Constitución Política de Oaxaca.

Mientras que la LIPPEO señala que la pérdida del registro del partido político local y su liquidación será conocida y resuelta por el Consejo General del Instituto Estatal, observando el procedimiento establecido en el Artículo 116 fracción IV inciso f, párrafo segundo de la Constitución Federal y la Ley General de Partidos Políticos; estas dos establecen como mínimo  3% de la votación válida emitida.

Para algunos, la norma de mayor rango es la que tiene que prevalecer, es decir, la Constitución federal está por encima de la Constitución  de Oaxaca y por tanto, el límite a tomarse en cuenta es de 3%, como también lo establece la LIPPEO.

Sin embargo, también advierten que el formar una organización política, como lo es un partido, es un derecho humano. La  misma Constitución Política federal establece que en esta situación se debe tomar la norma que sea más “garantista” y la que es más “garantista” para este derecho humano es la Constitución Política de Oaxaca.

El pasado miércoles inició el cómputo distrital de los votos emitidos durante la jornada del 5 de junio pasado, en la elección por la gubernatura del estado, con lo cual se presentaron los primeros resultados oficiales de la votación; mientras que este domingo se realizará el cómputo general y se hará entrega de la constancia de mayoría al candidato que resultó ganador: Salomón Jara Cruz.

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