Esta obligatoriedad quedó contemplada dentro las reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO), aprobadas por la LXIV Legislatura.
En particular, las y los legisladores aprobaron modificaciones a la fracción II del Artículo 1; las fracciones VII y IX del Artículo 2 y el numeral 5 del Artículo 297 de dicha ley.
Si los partidos llegaran a detectar alguna situación de violencia, señalaron los congresistas en un comunicado, “estas instituciones deberán atender y sancionar los casos que llegasen a presentarse”.
Tradicionalmente, remarcó la legisladora Magaly López, “las mujeres no han tenido la oportunidad de llegar a estos cargos, pese a que son mayoría en estas instituciones políticas e incluso en el padrón de votantes en los procesos de elección”.
Además, criticó la postura de los partidos políticos por no implementar acciones afirmativas para atender la violencia de género al interior de los mismos.
La reforma a la LIPEEO, fue dictaminada por la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana y aprobada por el Pleno.
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