Ordenan a magistrados electorales de Oaxaca dictar sentencia sobre violencia política contra síndica

Jaqueline Santiago interpuso un juicio contra la negativa de Dante Montaño de tomarle protesta como Síndica Municipal, por lo que denunció violencia política en razón de género

Ordenan a magistrados electorales de Oaxaca dictar sentencia sobre violencia política contra síndica
Ordenan a magistrados electorales de Oaxaca dictar sentencia sobre violencia política contra síndica. Fotos: TEEO
Política 25/10/2021 14:30 Juan Carlos Zavala Actualizada 14:33

Oaxaca de Juárez.– La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró fundado el juicio contra los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) por su omisión al no dictar sentencia sobre la violencia política en razón de género contra la síndica municipal, Concepción Jaqueline Santiago Pérez, ejercida por el presidente municipal de Santa Lucía del Camino, Dante Montaño Montero.

Jaqueline Santiago interpuso un juicio contra la negativa de Dante Montaño de tomarle protesta como Síndica Municipal, por lo que denunció violencia política en razón de género; sin embargo, los magistrados del TEEO fueron omisos para emitir una sentencia sobre esta denuncia.

Ante ello, promovió un juicio para la protección de los derechos político-electorales ante la Sala Xalapa del TEPJF.

La Síndica de Santa Lucía del Camino denunció ante el tribunal federal la violación a su derecho a una tutela judicial efectiva y, a una justicia de manera pronta y expedita por parte del Tribunal Electoral local.

“Desde la presentación de su demanda ante el Tribunal Electoral local, el 29 de julio, hasta la presentación de su demanda federal, siete de octubre, han transcurrido dos meses aproximadamente, sin que se haya emitido la resolución correspondiente”.

Asimismo, acusó que los magistrados del TEEO violan su derecho a ser votada, en la vertiente de tomar protesta y ejercer el cargo al que fue electa; tiempo que resulta ser de vital importancia ya que su medio de SX-JDC-1491/2021 impugnación local se encuentra relacionado con el ejercicio de un derecho político-electoral y con la vida democrática del Ayuntamiento.

Argumentó que restan tres meses y medio (aproximadamente 105 días) para que finalice el trienio 2019- 2021 para el que fue electa como segunda concejal suplente; circunstancia que tiene que analizarse, ya que se trata de un caso de urgente resolución, dado que, de persistir la omisión reclamada, podría causarse una violación irreparable a sus derechos político-electorales.

Jaqueline Santiago aseguró ante la Sala Xalapa del TEPJF que su expediente se encuentra integrado de manera correcta para efecto de emitirse la resolución correspondiente, ya que la autoridad responsable en la instancia local emitió el informe circunstanciado, así como el trámite que indica el artículo 17 de la Ley de Medios local y se emitieron medidas de protección a su favor.

Y que con la dilación de dictar sentencia dentro de su expediente JDC/241/2021 no ha sido reparado el daño a sus derechos político-electorales ni ante los presuntos actos de violencia de género ocasionados, y no se ha garantizado la no repetición de los actos reclamados, con el fin de que no vuelvan a ser ejercidos en su contra.

“El derecho al acceso a la justicia se encuentra relacionado con los derechos de ejercicio del cargo - ser votada- y al acceso a una vida libre de violencia, los cuales resultan transgredidos pues no ha sido resuelto su medio de impugnación”.

La Sala Xalapa del TEPJF consideró que son fundados los argumentos de la Síndica de Santa Lucía del Camino y ordenó al TEEO a emitir una sentencia sobre la violencia política en razón de género presuntamente ejercida por el edil Dante Montaño y exhortó a los magistrados locales para que, “en lo subsecuente, actúe con mayor diligencia durante la sustanciación y resolución de los medios de impugnación de su competencia”.

 

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