Esta reforma fue impulsada por la diputada Elisa Zepeda Lagunes, quien propuso la adición a la fracción I Ter al Artículo 43 y la Fracción X al Artículo 61 de la Ley Orgánica Municipal, en la que ahora aparece el deber de las autoridades municipales de establecer en su reglamento sanciones administrativas severas para dichas conductas.
La LXIV Legislatura Local detalló que incumplir con las obligaciones de establecer, imponer o garantizar el cumplimiento de las sanciones para el hostigamiento y acoso sexual será una causal grave para la revocación de mandato de cualquier miembro del ayuntamiento en cuestión.
De acuerdo con las y los legisladores, esta reforma contribuye a garantizar que las autoridades municipales lleven a cabo esfuerzos permanentes de “socialización, difusión, concientización y profesionalización de las y los servidores públicos municipales”.
Esto, con el fin de privilegiar el derecho de las víctimas a una eficiente protección, atención y, en su caso, la sanción de los casos de hostigamiento y acoso sexual.
La reforma fue dictaminada por las Comisiones Permanentes Unidas de Fortalecimiento y Asuntos Municipales y Administración y Procuración de Justicia del Congreso de Oaxaca.
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