Sanciona INE al PRI y PRD por rebasar gastos de campaña en Mitla; va PAN por nulidad de elección de edil

El monto involucrado en la conclusión sancionatoria asciende a 41 mil 375.08 pesos

Sanciona INE al PRI y PRD por rebasar gastos de campaña en Mitla; va PAN por nulidad de elección de edil
Foto: Especial
Política 14/09/2021 10:57 Juan Carlos Zavala Oaxaca Actualizada 10:57

Oaxaca de Juárez.- El Instituto Nacional Electoral (INE) sancionó a los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) por rebasar el tope de gastos de campaña de su candidato a la presidencia municipal de San Pablo Villa de Mitla, Esaú López Quero, quien resultó ganador de la contienda el pasado 6 de junio de 2021.

Con esta sentencia, el Partido Acción Nacional (PAN) impugnó los resultados de la elección en este municipio de Oaxaca, con lo que busca que el INE declare la nulidad de la elección, con el argumento del rebase de topes de gastos de campaña.

La resolución del órgano electoral se debe a un ordenamiento de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el que le pide fiscalizar con mayor exhaustividad los gastos de campaña de Esaú López, tras la impugnación que interpuso el Partido Acción Nacional (PAN) y el entonces candidato Luis Armando Olivera López.

El INE encontró que el candidato del PRI y el PRD no registró los gastos por concepto de valla móvil, diseño de página web, diseño gráfico para publicidad en internet, lona, producción de spot, playeras rojas, toro mecánico, juego inflable, equipo de sonido consistente en bocinas, moderador, perifoneo, dos banderas, entarimado y alquiler del Auditorio Municipal, atentando a lo dispuesto de la Ley General de Partidos Políticos y del Reglamento de Fiscalización.

El monto involucrado en la conclusión sancionatoria asciende a 41 mil 375.08 pesos. “Así, la sanción a imponerse al sujeto obligado es de índole económica y equivale al 100% sobre el monto involucrado de la conclusión sancionatoria, a saber, de $41,375.08 (cuarenta y un mil trescientos setenta y cinco pesos 08/100 M.N.)”.

En consecuencia, el Consejo General del INE sancionó al PRI con una reducción del 25 por ciento de la ministración mensual que corresponde al partido, por concepto de Financiamiento Público para el Sostenimiento de Actividades Ordinarias Permanentes, hasta alcanzar la cantidad de 41 mil 375.08 pesos.

Mientras que al PRD lo sancionó con la cantidad de 6 mil 604.30 pesos, “consistente en una reducción del 25% de la ministración mensual que corresponda al partido, por concepto de Financiamiento Público para el Sostenimiento de Actividades Ordinarias Permanentes, hasta alcanzar la cantidad de $6,604.30 (seis mil seiscientos cuatro pesos 30/100 M.N.)”.

El INE también determinó informar a la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la aprobación del presente Acuerdo, sobre el cumplimiento dado a la sentencia emitida en el expediente SX-RAP-60/2021 Y ACUMULADO SX-RAP-71/2021.

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