Sólo partidos se disputarán diputación y 5 ayuntamientos de Oaxaca en elecciones extraordinarias; no se registraron independientes

Quienes aspiren a una candidatura independiente tienen del 2 al 14 de febrero de 2022 para realizar sus asambleas generales

Sólo partidos se disputarán diputación y 5 ayuntamientos de Oaxaca en elecciones extraordinarias; no se registraron independientes
Foto: Archivo EL UNIVERSAL
Política 01/02/2022 19:38 Juan Carlos Zavala Actualizada 19:39

Oaxaca de Juárez.– Hasta hoy ninguna persona se ha manifestado su intención de buscar la candidatura independiente en las elecciones extraordinarias que se realizarán en el estado, de acuerdo con la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).

La convocatoria de candidaturas independientes así como Candidaturas independientes indígenas y/o afromexicanas para la elección Extraordinaria de la diputación local del Distrito Electoral 01 con cabecera en Acatlán De Pérez Figueroa, y a concejalías a los Ayuntamientos de los municipios de Santa María Mixtequilla, Reforma de Pineda, Santa María Xadani, Santiago Laollaga y Chahuites, fue emitida el pasado 17 de enero de 2022.

Quienes aspiren a una candidatura independiente tienen del 2 al 14 de febrero de 2022 para realizar sus asambleas generales, uno de los requisitos establecidos en la convocatoria, en el caso de las candidaturas independientes indígenas y/o afromexicanas.

Mientras que las ciudadanas y los ciudadanos que pretendan postularse mediante la figura de candidatura independiente a los cargos señalados, deberán hacerlo del conocimiento ante el Consejo General de este Instituto a partir del día siguiente a la emisión de la presente convocatoria y hasta el 2 de febrero próxima.

Además, las personas aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano, requerido en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, por medios diversos a la radio y la televisión, siempre que los mismos no constituyan actos anticipados de campaña, durante el periodo comprendido del día 2 de febrero al 14 de febrero.

Para el cargo de diputaciónde mayoría relativa, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por electores de por lo menos la mitad de las secciones electorales que comprende el distrito.

En ningún caso el porcentaje de la cédula de respaldo en la mitad de las secciones electorales, será menor al 1% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores de cada sección.

Para el cargo concejalías de los Ayuntamientos, se necesitará cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanas y/o ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al municipio en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por ciudadanas y ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que comprende el municipio.

De acuerdo con información del IEEPCO, sólo Movimiento Ciudadano, el Partido del Trabajo y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentaron plataformas nuevas para dichas elecciones extraordinarias mientras que los demás partidos políticos participarán con las que ya habían sido aprobadas para el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021, a excepción de Redes Sociales Progresistas (RSP) único partido en no presentar nada.

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